Sentencia Social Nº 652/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala d... 01 de Junio de 2005
Sentencia Social Nº 652/2...io de 2005

Última revisión
01/06/2005

Sentencia Social Nº 652/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 216/2005 de 01 de Junio de 2005

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Orden: Social

Fecha: 01 de Junio de 2005

Tribunal: TSJ Cantabria

Ponente: TAMES IGLESIAS, RUBEN LOPEZ

Nº de sentencia: 652/2005

Nº de recurso: 216/2005

Núm. Cendoj: 39075340012005100577

Resumen
Se plantea como cuestión litigiosa la interpretación que ha de darse a una de las facultades que el artículo 36 de la Ley 31/1995, de 8-11, de Prevención de Riesgos Laborales, dispone para los Delegados de prevención. En concreto, la de tener acceso, con las limitaciones previstas en el apartado Cuarto del artículo 22 de la esa Ley, a la información y documentación relativa a las condiciones de trabajo que sean necesarias para el ejercicio de sus funciones, y, en particular, a la prevista en los artículos 18 y 23. Para la parte recurrente la expresión "tener acceso" ha de interpretarse literalmente, de forma que bastaría con el examen en las oficinas de tal documentación, sin que exista obligación legal de obtener copia. Declara la Sala que, el acceso a la información ha de entenderse en el sentido más amplio, es decir, de la manera que se facilite o haga más cómoda la función y atribuciones de los delegados por tanto, desestima el recurso interpuesto por la empresa demandada.

Voces

Delegados de prevención

Condiciones de trabajo

Prevención de riesgos laborales

Medidas de seguridad en el trabajo

Accidente laboral

Derechos de los trabajadores

Reconocimiento médico

Representación de los trabajadores