Sentencia Social Nº 656/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, ...6 de Octubre de 2005
Sentencia Social Nº 656/2...re de 2005

Sentencia Social Nº 656/2005, Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Leon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 837/2005 de 06 de Octubre de 2005

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Orden: Social

Fecha: 06 de Octubre de 2005

Tribunal: TSJ Castilla y Leon

Ponente: RODRIGUEZ GRECIANO, JOSE LUIS

Nº de sentencia: 656/2005

Nº de recurso: 837/2005

Núm. Cendoj: 09059340012005100656

Resumen
En proceso seguido sobre despido, el TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada, al desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora interesada. Y ello porque, no ha existido una sucesión empresarial, ni desde un punto de vista subjetivo - el matrimonio demandado no son miembros no ya del Consejo de administración de la empresa, ni tan siquiera socios de la misma- ni objetivo. Pues no ha existido transmisión del local donde constituía el centro de trabajo, no ha existido transmisión del activo de la sociedad, y sí solo la de unos restos de campaña anterior. Habiendo coexistido ambas sociedades cinco años antes de producirse la jubilación del empresario, con actividad distinta y propia. Y además ha quedado acreditado que no existía cotitularidad empresarial entre los codemandados.

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Voces

Subrogación empresarial

Centro de trabajo

Recibo de salarios

Extinción del contrato de trabajo

Vacaciones

Régimen especial de trabajadores autónomos

Jubilación del empresario

Trabajador por cuenta ajena

Jubilación del empresario individual

Cese de actividad

Tesorería General de la Seguridad Social