Sentencia Social Nº 685/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 3186/...9 de Octubre de 2004
Última revisión
Sentencia Social Nº 685/2004, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Rec 3186/2004 de 19 de Octubre de 2004
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 19 de Octubre de 2004
Tribunal: TSJ Madrid
Ponente: RUIZ PONTONES, MANUEL
Nº de sentencia: 685/2004
Nº de recurso: 3186/2004
Resumen
El TSJ confirma la improcedencia de pretensión instada por trabajadora recurrente en suplicación, al desestimar recurso interpuesto por esta. La reincorporación de la actora ha sido en la categoría de especialista, la que ostentaba, y la modificación de la distribución de la jornada viene impuesta por el nuevo puesto de trabajo que ocupa que exige una jornada de lunes a domingo con turnos de trabajo. La recurrente considera que la empresa no ha cumplido las exigencias de la buena fe que debe mediar en la relación laboral. Basa la Sala su pronunciamiento desestimatorio en que es la empresa quien tiene la facultad de autoorganizarse del modo que crea más conveniente a sus intereses y solo en el caso que se produzca una vacante en puesto de trabajo similar al que ostentaba con anterioridad a la excedencia, con su horario correspondiente, tendrá derecho a reclamar ese puesto, pero es que, como se desprende de los hechos probados sexto y séptimo, no se han contratado personal con la categoría de la recurrente para prestar servicios en el horario que esta tenía antes de la excedencia.
Voces
Intervención de abogado
Excedencias laborales
Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Grupo profesional
Plazo de caducidad
Conflicto colectivo laboral
Caducidad
Buena fe
Convenio colectivo
Periodo de excedencia
Cuidado de hijos
Reserva de puesto de trabajo
Trabajo a turnos
Categoría profesional
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