Sentencia Social Nº 748/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...e Septiembre de 2011
Sentencia Social Nº 748/2...re de 2011

Última revisión
29/09/2011

Sentencia Social Nº 748/2011, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 5, Rec 5674/2010 de 29 de Septiembre de 2011

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Orden: Social

Fecha: 29 de Septiembre de 2011

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: DE LA CUEVA ALEU, MARIA AURORA

Nº de sentencia: 748/2011

Nº de recurso: 5674/2010

Núm. Cendoj: 28079340052011100704

Resumen
CLASIFICACIÓN PROFESIONAL.- Las bases del concurso para cubrir la plaza, son Ley entre las partes.- Conculcación de la buena fe por el demandante.- Se estima el recurso de suplicación interpuesto por la Administración demandada contra Sentencia parcialmente estimatoria del Juzgado de lo Social Nº 13 de Madrid, en reclamación sobre clasificación profesional.La Sala declara que no habiéndose impugnado la convocatoria, no puede ahora el actor, después de la adjudicación de la plaza, ir contra las bases de la convocatoria, considerando que el encuadramiento profesional en el momento de acceder a su condición de "portero mayor" del Museo, no ha sido ajustada a Derecho.Las bases del concurso oposición son Ley entre las partes,  y la buena fe de la que habla el artículo 1258 del Código Civil, es exigencia para el ejercicio de los Derechos, por imperio de lo dispuesto en el art. 7.1 del mismo Código, y este precepto, en su núm. 2 , establece que la ley no ampara el ejercicio antisocial del Derecho.La reclamación presentada por el demandante supone una clara conculcación de la buena fe, al pretender consolidar las retribuciones de un grupo profesional superior al que ha optado libremente; y no habiéndolo entendido así el juez de instancia, procede estimar el motivo y el recurso.

Voces

Grupo profesional

Intervención de abogado

Buena fe

Categoría profesional

Clasificación profesional

Puesto de trabajo