Sentencia Social Nº 798/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...de Noviembre de 2005
Sentencia Social Nº 798/2...re de 2005

Última revisión
02/11/2005

Sentencia Social Nº 798/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 5, Rec 4355/2005 de 02 de Noviembre de 2005

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Orden: Social

Fecha: 02 de Noviembre de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: NAVARRO FAJARDO, JUAN JOSE

Nº de sentencia: 798/2005

Nº de recurso: 4355/2005

Núm. Cendoj: 28079340052005100715

Resumen
El TSJ revoca la sentencia que ha reconocido al demandante el derecho a percibir comisiones sobre operaciones en que intervino, pese a que el actor no hubiera acreditado su buen fin o que este se hubiese producido (o pudiera producirse) tras el cese voluntario del trabajador en el empresa, pese al pacto establecido entre partes en sentido contrario, al estimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Y ello porque, según recoge la sentencia, aun aceptando la tesis del Magistrado de instancia de que el derecho a las comisiones debe surgir aunque la operación se consume después de la terminación de la relación laboral, el hecho decisivo sigue siendo el de la demostración del buen fin de la operación, cuya prueba corresponde al actor por tratarse de un hecho constitutivo de su pretensión.

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