Sentencia Social Nº 835/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de... 30 de Enero de 2008
Sentencia Social Nº 835/2...ro de 2008

Última revisión
30/01/2008

Sentencia Social Nº 835/2008, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 7692/2006 de 30 de Enero de 2008

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Orden: Social

Fecha: 30 de Enero de 2008

Tribunal: TSJ Cataluña

Ponente: QUETCUTI MIGUEL, JOSE

Nº de sentencia: 835/2008

Nº de recurso: 7692/2006

Núm. Cendoj: 08019340012008101342

Resumen
Se desestima el recurso de suplicación interpuesto contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 11 de Barcelona, sobre incapacidad temporal. Del relato de hechos probados se evidencia que cuando se produjo el alta médica por la Mutua, la actora se había recuperado de su esguince cervical, no presentando contractura muscular ni limitación funcional, por lo que es evidente que no se ha producido la infracción del art. 128 de la LGSS, pues la situación de IT requiere que el trabajador reciba asistencia sanitaria y esté impedido para el trabajo y ninguno de los dos requisitos se da en el caso de autos. La circunstancia de que se volviera a dar de baja por contingencia común, no implica que dicha baja, dada la ignorada dolencia, deba necesariamente proceder la revocación del alta de la mutua, pues en aquélla lo que se analiza es el resultado del accidente y en ésta no.

Voces

Valoración de la prueba

Incapacidad temporal

Alta médica

Contingencias comunes