Sentencia Social Nº 8521/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala d...de Noviembre de 2005
Sentencia Social Nº 8521/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 51/2005 de 09 de Noviembre de 2005
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 09 de Noviembre de 2005
Tribunal: TSJ Cataluña
Ponente: POSE VIDAL, SARA MARIA
Nº de sentencia: 8521/2005
Nº de recurso: 51/2005
Núm. Cendoj: 08019340012005107579
Núm. Ecli: ES:TSJCAT:2005:11937
Resumen
El TSJ mantiene el pronunciamiento de instancia que declara el derecho de los demandantes a percibir el complemento de penosidad por el nivel de ruido soportado en sus puestos de trabajo, al desestimar el recurso interpuesto por la empresa demandada. Declara la Sala que, la calificación del puesto de trabajo como penoso no puede quedar excluida por la circunstancia de que la empresa facilite a los trabajadores protectores auditivos, por cuanto ello supone simplemente el necesario y obligado cumplimiento por su parte del deber genérico de seguridad y prevención de riesgos laborales, sin que tales dispositivos de protección personal afecten al sistema de trabajo establecido, ni a la naturaleza y condiciones objetivas de éste , en cuanto no suponen mejoras objetivas del procedimiento de trabajo , tendente a la objetiva reducción del ruido, siendo simplemente cumplimiento de la normativa de prevención aplicable, mediante la reducción del nivel de ruido personalmente soportado por cada trabajador, con la contrapartida de las molestias inherentes a la utilización de los protectores, y sin olvidar las consecuencias de carácter morboso que su uso continuado puede provocar.
Voces
Puesto de trabajo
Convenio colectivo
Plus de penosidad
Medidas de seguridad en el trabajo
Salario base
Prevención de riesgos laborales
Enfermedad profesional
Cuadro de enfermedades profesionales
Honorario profesional del abogado
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