Sentencia Social Nº 854/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala d... 15 de Julio de 2005
Sentencia Social Nº 854/2...io de 2005

Sentencia Social Nº 854/2005, Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 542/2005 de 15 de Julio de 2005

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Orden: Social

Fecha: 15 de Julio de 2005

Tribunal: TSJ Cantabria

Ponente: FERNANDEZ GARCIA, MARIA JESUS

Nº de sentencia: 854/2005

Nº de recurso: 542/2005

Núm. Cendoj: 39075340012005100800

Resumen
El TSJ confirma la sentencia de instancia que desestima la pretensión instada por Mutua patronal y declara que la prestación de incapacidad temporal devengada por los trabajadores, una vez extinguido su contrato de trabajo, debe seguir prestándose con cargo a la Mutua aseguradora de la situación en la empresa en que venían prestando servicios hasta dicha extinción, al desestimar el recurso interpuesto por la interesada. Declara la Sala que, de las causas que extinguen la situación de incapacidad temporal en el art. 131.bis de la LGSS, no se contempla la extinción del contrato de trabajo como una de ellas, por lo que la situación, sigue siendo la misma desde el inicio, como declara la sentencia recurrida, sin modificar la naturaleza del subsidio la extinción contractual resaltada por la entidad recurrente y las singularidades de este periodo, no son suficientes, para alcanzar una consideración autónoma de la misma que autorice una variación en la responsabilidad de la prestación inherente a la misma.

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Voces

Responsabilidad

Incapacidad temporal

Desempleo

Prestación de incapacidad temporal

Contrato de Trabajo

Extinción del contrato de trabajo

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Entidades Gestoras de la Seguridad Social

Prestación económica

Prestación por desempleo

Intervención de abogado

Contingencias comunes

Baja médica

Ejecución de sentencia

Extinción de la prestacion por incapacidad temporal

Pago de las prestaciones

Enfermedad Común

Mutuas de accidentes

Contraprestación económica

Base de cotización

Accidente no laboral

Coeficiente reductor

Equidad

Contraprestación

Obligación de cotizar a la Seg. Social

Beneficio de justicia gratuita