Sentencia SOCIAL Nº 918/2016, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de...de Diciembre de 2016
Sentencia SOCIAL Nº 918/2...re de 2016

Última revisión
17/09/2017

Sentencia SOCIAL Nº 918/2016, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 414/2016 de 02 de Diciembre de 2016

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Orden: Social

Fecha: 02 de Diciembre de 2016

Tribunal: TSJ Canarias

Ponente: BARRIUSO ALGAR, FELIX

Nº de sentencia: 918/2016

Nº de recurso: 414/2016

Núm. Cendoj: 38038340012016100909

Núm. Ecli: ES:TSJICAN:2016:3852

Núm. Roj: STSJ ICAN 3852/2016

Resumen
Pensión de jubilación. Se estima en parte el recurso contra la sentencia de instancia, elevando el porcentaje de pensión al 94%, al tenerse que calcular ese porcentaje conforme a la normativa vigente a la fecha del hecho causante, la jubilación del demandante, por lo que teniendo el mismo 2 años completos cotizados después de cumplida la edad ordinaria legal de jubilación, se tiene que sumar un 2% adicional al porcentaje por cada uno de esos años cotizados. En cuanto a los efectos retroactivos de la nueva pensión, se limitan a los tres meses anteriores a la presentación por el actor de la solicitud de revisión, pero no al momento de reconocimiento inicial de la pensión, ya que la diferencia de cuantía no obedece a ningún error material o aritmético que pudiera inferirse sin duda del expediente administrativo, sino a un problema de infracotización.

Voces

Años acreditados de cotización

Prestación de jubilación

Cuantía de las prestaciones

Edad legal de jubilación

Reconocimiento de las prestaciones

Subsanación de errores

Período mínimo de cotización

Retroactividad

Base de cotización

Jubilación flexible

Jubilación parcial

Reintegro de prestación indebida

Infracotización a la Seguridad Social

Error material