Sentencia Social Nº 98/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, R...0 de Octubre de 2007
Sentencia Social Nº 98/20...re de 2007

Última revisión
30/10/2007

Sentencia Social Nº 98/2007, Audiencia Nacional, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 98/2007 de 30 de Octubre de 2007

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 30 de Octubre de 2007

Tribunal: Audiencia Nacional

Ponente: DE NO ALONSO-MISOL, ENRIQUE FELIX

Nº de sentencia: 98/2007

Nº de recurso: 98/2007

Núm. Cendoj: 28079240012007100096

Núm. Ecli: ES:AN:2007:5236

Resumen
Se esestima la demanda interpuesta en conflicto colectivo sobre retribuciones salariales. La sala basa su fallo en las reglas de interpretación de los contratos del Código Civil, aplicables a este caso. De ellas se infiere que en ausencia de duda racional de la intención de las partes ha de estarse al sentido literal del pacto sin que sea procedente aplicar otra norma, hermeneútica ni otros argumentos interpretativos que desvirtúen las expresiones claramente reveladoras de las intenciones de quienes contrataron. El convenio colectivo reconoce la existencia de la paga de beneficios como una mensualidad más, por lo que a efectos de computar el importe de esta retribución -basada en lo percibido el año anterior- debe sumarse integramente lo percibido por ella.

Voces

Convenio colectivo

Conflicto colectivo laboral