Sentencia Social Nº 988/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de l...de Diciembre de 2005
Sentencia Social Nº 988/2...re de 2005

Última revisión
20/12/2005

Sentencia Social Nº 988/2005, Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Social, Sección 5, Rec 4084/2005 de 20 de Diciembre de 2005

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Orden: Social

Fecha: 20 de Diciembre de 2005

Tribunal: TSJ Madrid

Ponente: DE ORO-PULIDO SANZ, JOSE IGNACIO

Nº de sentencia: 988/2005

Nº de recurso: 4084/2005

Núm. Cendoj: 28079340052005100865

Resumen
En proceso seguido en reclamación de cantidad, el TSJ estima el recurso interpuesto por la empresa demandada y reduce la cantidad a la que ha sido condenada esta. Y ello porque, según recoge la sentencia, los trabajadores deberán percibir en concepto de salario base el mínimo que establecen las tablas para los años 2002 y 2003 (del Convenio colectivo aplicable) y en el presente caso, si como se sostiene por el propio demandante la cantidad que se percibe en concepto de mejora se corresponde a Salario base resulta claro que la retribución pactada supera los mínimos previstos en el Convenio y por lo tanto no tendría que haberse incrementado tal y como entendió el juez "a quo".

Voces

Recibo de salarios

Convenio colectivo

Salario base

Incremento salarial

Convenio colectivo de Oficinas y despachos

Contrato de Trabajo

Tabla salarial

Vacaciones

Pagas extraordinarias

Retroactividad

Dietas

Reclamación de cantidad

Vacaciones no disfrutadas

Convenio colectivo aplicable