Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 219/1994 de 21 de Julio de 1994
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 219/1994 de 21 de Julio de 1994
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 21 de Julio de 1994
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: DE LAS CUEVAS GONZALEZ, FELIX
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 219/1994
Núm. Cendoj: 28079140001994100440
Resumen
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INSS. Manifiesta la Sala que el artículo 145.1, al establecer la posibilidad de la revisión de las incapacidades, excluye expresamente que pueda tener lugar después de haber llegado a la edad mínima establecida para la pensión de jubilación. El fundamento de la exclusión indicada se encuentra en el deterioro natural que la avanzada edad origina: por eso, solo cuando "ex novo" se realicen trabajos después de cumplida la edad citada, podrá solicitarse si la invalidez sobreviene.
Voces
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Gran invalidez
Incapacidad permanente
Incapacidad permanente absoluta
Prestación de jubilación
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