Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2304/1993 de 22 de Abril de 1994
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2304/1993 de 22 de Abril de 1994
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 22 de Abril de 1994
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 2304/1993
Núm. Cendoj: 28079140001994100447
Resumen
El TS desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el recurrente. Manifiesta la Sala que según el art. 96.2 de la LGSS, la responsabilidad de la prestación corresponde al empresario por no haber cumplido la obligación de dar de alta y cotizar por el demandante como imponen el artículo 67 de la expresada LGSS y concordantes, sin que se pueda conceder efectos liberatorios de tal responsabilidad al acta de la Inspección de Trabajo del año 1990 por la que, con efecto retroactivo, se dio de alta al actor desde el 31 de agosto de 1985. El principio de automaticidad en el abono de prestaciones de SS del que, ciertamente, es exponente legal el mencionado art. 96 no puede llegar, en su aplicación, a imponer el anticipo de tales prestaciones a cargo de la Entidad Gestora de la SS, cuando falta la oportuna alta del trabajador al momento del hecho causante, tratándose de una prestación como la postulada en estos autos.
Voces
Incapacidad temporal
Responsabilidad
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Accidente no laboral
Accidente laboral
Enfermedad Común
Alta en la seguridad social
Incapacidad permanente
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Acta de inspección laboral
Contingencias comunes
Cotización a la Seguridad Social
Régimen General de la Seguridad Social
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