Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2475/1993 de 22 de Abril de 1994
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 2475/1993 de 22 de Abril de 1994
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 22 de Abril de 1994
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 2475/1993
Núm. Cendoj: 28079140001994100397
Resumen
El TS estima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por el INSS. Manifiesta la Sala que la aplicación supletoria de la normativa contenida en los arts. 94, 95, 96 y 97 de la Ley de Seguridad Social de 1.966, que se viene haciendo en base a lo previsto en la Disposición Transitoria 2ª del R.D. 1.645/72, se revela ponderada, en atención a la ausencia del desarrollo reglamentario al que condiciona el actual art. 96 del TR de la Ley de SS la automaticidad y consiguiente anticipo de prestaciones en los supuestos de falta de alta del trabajador en el régimen correspondiente de la SS. En este sentido, resulta innegable que el art. 95 de la Ley de Seguridad Social de 1.966 exige, de modo ineludible, el alta del trabajador para que proceda la obligación de anticipo por parte de la Entidad Gestora de la Seguridad Social, tratándose de la prestación económica de I.L.T.
Voces
Incapacidad temporal
Instituto Nacional de la Seguridad Social
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Cotización a la Seguridad Social
Alta en la seguridad social
Responsabilidad
Régimen General de la Seguridad Social
Tesorería General de la Seguridad Social
Prestación económica
Baja en la seguridad social
Principio de unidad
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