Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3776/1993 de 28 de Octubre de 1994
Sentencia Social Nº S/S, ...re de 1994

Última revisión
28/10/1994

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3776/1993 de 28 de Octubre de 1994

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 28 de Octubre de 1994

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BRIS MONTES, LEONARDO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3776/1993

Núm. Cendoj: 28079140001994100376

Resumen
El TS estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el INSS. Manifiesta la Sala que ha habido aplicación indebida de la disposición transitoria 1ª n.º 9 de la O.M. de 18 de enero de 1.967, que señala que: "Los trabajadores que hubieran tenido la condición de mutualistas en cualquier Mutualidad de trabajadores por cuenta ajena en 1 de enero de 1.967 o en cualquier otra fecha con anterioridad, podrán causar derecho a la pensión de jubilación a partir de los 60 años". Esta norma es propia del Régimen General, y la sentencia impugnada la extiende al Régimen Especial Agrario en razón a que el artículo 35.1 del Decreto 2123/1971 de 23 de julio. Pero esta extensión no es procedente, ya que la jubilación anticipada tuvo su origen en el art. 57 del Reglamento del Mutualismo Laboral, que otorgaba el derecho a obtener la pensión de jubilación a los 60 años, a diferencia del apartado a) del art. 33 de los Estatutos de la Mutualidad Nacional de Previsión Social Agraria, y de la normativa anterior del Régimen Especial Agropecuario, que no reconocían el derecho a la jubilación hasta los 65 años.

Voces

Régimen Especial Agrario

Prestación de jubilación

Jubilación anticipada

Trabajador por cuenta ajena

Derecho adquirido

Régimen General de la Seguridad Social

Instituto Nacional de la Seguridad Social