Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3882/2002 de 06 de Octubre de 2003
Sentencia Social Nº S/S, ...re de 2003

Última revisión
06/10/2003

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 3882/2002 de 06 de Octubre de 2003

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Orden: Social

Fecha: 06 de Octubre de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 3882/2002

Núm. Cendoj: 28079140002003100548

Resumen
Una sentencia que resuelve un litigio que tiene afectación general es recurrible en suplicación, aunque la cuantía litigiosa no exceda del importe de 300.000 pts. (1.803,04 euros). La regla es inequívoca y no contiene excepción alguna en atención a que la Sala de suplicación haya establecido ya criterio sobre la cuestión debatida, por lo que el cierre del recurso en atención a esta circunstancia constituye no sólo una infracción de lo dispuesto en los artículos 188.2 y 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, sino una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por el rechazo infundado de un recurso legal. Por ello, la Sala declara de oficio la nulidad de la sentencia recurrida con devolución de las actuaciones de instancia y del rollo de suplicación a la Sala de procedencia para que por la misma se dicte nueva sentencia, resolviendo el recurso de suplicación planteado.

Voces

Competencia funcional

Derecho a la tutela judicial efectiva