Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 127...e 30 de Mayo de 2003
Sentencia Social Nº S/S, ...yo de 2003

Última revisión
30/05/2003

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1272/2001 de 30 de Mayo de 2003

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Orden: Social

Fecha: 30 de Mayo de 2003

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: VARELA AUTRAN, BENIGNO

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 1272/2001

Núm. Cendoj: 28079140012003100982

Resumen
En proceso seguido sobre Conflicto Colectivo el TS confirma el pronunciamiento que declaró que la empresa demandada debe aceptar el acuerdo de rotación voluntaria alcanzado por los trabajadores de la provincia de Cádiz para el año 2000, computando, como máximo, por desplazamientos en la jornada anual programada, 38 al año, sin perjuicio del abono efectivo de los mismos aunque supere tal número; y desestimó la segunda pretensión relativa a los gastos de desplazamiento, que sólo habrán de abonarse cuando se lleve a cabo un desplazamiento real del trabajador, en la cuantía establecida en el convenio colectivo de aplicación. Declara la Sala que, no cabe entender, como se pretende por el Sindicato recurrente, que la cantidad que vino abonando la empresa hasta principios del año 2000 en concepto de desplazamiento constituya un plus consolidable -lo que rechaza el propio párrafo último del apartado II del artículo decimocuarto del Convenio- o, lo que es más importante, que deba abonarse en todo caso, con independencia de que se efectúe o no el desplazamiento.

Voces

Convenio colectivo

Jornada anual

Sindicatos

Centro de trabajo

Comisión Paritaria

Proceso de conflicto colectivo

Convenio colectivo aplicable

Gastos de desplazamiento

Gastos de viaje

Complemento consolidable

Dietas

Convenio colectivo de empresa

Voluntad

Impugnación de la sentencia

Movilidad geográfica

Negocio jurídico

Negociación colectiva

Conflicto colectivo laboral

Ejecución de resolución judicial