Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 321... 15 de Julio de 2003
Última revisión
Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3217/2002 de 15 de Julio de 2003
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 15 de Julio de 2003
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: MOLINER TAMBORERO, GONZALO
Nº de sentencia: S/S
Nº de recurso: 3217/2002
Núm. Cendoj: 28079140012003100824
Resumen
.- La cuestión litigiosa a resolver se concreta en determinar, en consecuencia el "dies a quo" de la prescripción de los seis meses que se recoge en el art. 60.2 ET para las faltas muy graves en un supuesto, como el aquí planteado, en el que el demandante tenía la condición de Jefe de producto con facultades para ocultar las posibles faltas laborales producidas dentro de su ámbito de dirección; y más en concreto si aquellos seis meses deben computarse a partir del día en que el interesado fue trasladado y por lo tanto ya no le era posible seguir ocultándolas o a partir del día en que la empresa hizo una auditoria con posterioridad a la efectividad de aquel traslado. En el presente caso estamos ante un supuesto de ocultación, pero de una ocultación que finalizó en septiembre de 2000 cuando el trabajador dejó su puesto de trabajo en Cádiz por haber sido trasladado a Méjico. En esta situación, la aplicación del precepto conduce a entender que el "dies a quo" de la prescripción no puede situarse en la fecha posterior en que la empresa tuvo conocimiento de los hechos, sino en la fecha en que cesó aquella posibilidad de ocultamiento, o sea, desde que el empleado después sancionado cesó en su puesto de trabajo.
Voces
Dies a quo
Plazo de prescripción
Categoría profesional
Despido improcedente
Cómputo de plazo de prescripción
Carta de despido
Motivación de las sentencias
Faltas laborales
Centro de trabajo
Interrupción de la prescripción
Seguridad jurídica
Sanciones disciplinarias
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