Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1024/2013 de 21 de Enero de 2014
Sentencia Social Tribunal...ro de 2014

Última revisión
14/03/2014

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1024/2013 de 21 de Enero de 2014

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Orden: Social

Fecha: 21 de Enero de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO

Nº de recurso: 1024/2013

Núm. Cendoj: 28079140012014100051

Núm. Ecli: ES:TS:2014:656

Núm. Roj: STS 656/2014

Resumen
ADIF. LAS HORAS DE TOMA Y DEJE DEBEN TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE EXTRAORDINARIAS Y DEBEN RETRIBUIRSE EN EL IMPORTE FIJADO EN CONVENIO COLECTIVO, SALVO QUE SEA INFERIOR A LA HORA ORDINARIA DE TRABAJO, CONFORME AL ART. 35.1 ET, EN CUYO CASO SE DEVENGA ÉSTA. SE REITERA DOCTRINA (SSTS 20/10/2013-RCUD 291/13- Y 13/11/13 -RCUD 2310/12-).

Voces

Tiempo de toma y deje

Convenio colectivo

Horas extraordinarias

Grupo profesional

Jornada ordinaria

Retribución de horas extraordinarias

Ius cogens

Negociación colectiva