Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1605/2012 de 02 de Junio de 2014
Sentencia Social Tribunal...io de 2014

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 1605/2012 de 02 de Junio de 2014

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Orden: Social

Fecha: 02 de Junio de 2014

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO

Nº de recurso: 1605/2012

Núm. Cendoj: 28079140012014100267

Núm. Ecli: ES:TS:2014:2555

Núm. Roj: STS 2555/2014

Resumen
ADIF. LAS HORAS DE TOMA Y DEJE DEBEN TIENEN LA CONSIDERACIÓN DE EXTRAORDINARIAS Y DEBEN RETRIBUIRSE EN EL IMPORTE FIJADO EN CONVENIO COLECTIVO, SALVO QUE SEA INFERIOR A LA HORA ORDINARIA DE TRABAJO, CONFORME AL ART. 35.1 ET, EN CUYO CASO SE DEVENGA ÉSTA. SE REITERA DOCTRINA (SSTS 20/10/2013-RCUD 291/13- Y 13/11/13 -RCUD 2310/12-).

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Voces

Tiempo de toma y deje

Horas extraordinarias

Convenio colectivo

Categoría profesional

Complemento de puesto de trabajo

Jornada ordinaria

Grupo profesional

Retribución de horas extraordinarias

Negociación colectiva

Ius cogens