Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3235/2005 de 09 de Noviembre de 2006
Sentencia Social Tribunal...re de 2006

Última revisión
09/11/2006

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3235/2005 de 09 de Noviembre de 2006

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Orden: Social

Fecha: 09 de Noviembre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: IGLESIAS CABERO, MANUEL

Nº de recurso: 3235/2005

Núm. Cendoj: 28079140012006101185

Núm. Ecli: ES:TS:2006:8580

Resumen
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Justicia de Asturias, sobre prestaciones de incapacidad permanente.Primero, debe considerarse que se ha calificado a la relación de los vendedores del cupón con la ONCE como la correspondiente a un contrato de trabajo común y no como especial de los representantes de comercio o mediadores mercantiles. Y consiguientemente, la cotización de estos trabajadores se ha de llevar a cabo conforme a la normativa correspondiente a los trabajadores ordinarios del Régimen General de la Seguridad Social, y por ello la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, se fijará conforme a las bases de cotización de los 96 meses anteriores al hecho causante, por aplicación del artículo 140.1 de la Ley del Procedimiento Laboral, y no en función de la correspondiente a los representantes de comercio.

Voces

Gran invalidez

Base de cotización

Incapacidad permanente

Representante de comercio

Enfermedad Común

Pagas extraordinarias

Incapacidad permanente absoluta

Infracotización a la Seguridad Social

Contrato de Trabajo

Régimen General de la Seguridad Social

Reconocimiento de las prestaciones

Cuantía de las prestaciones

Seguridad jurídica