Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3235/2005 de 09 de Noviembre de 2006
Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3235/2005 de 09 de Noviembre de 2006
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 09 de Noviembre de 2006
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: IGLESIAS CABERO, MANUEL
Nº de recurso: 3235/2005
Núm. Cendoj: 28079140012006101185
Núm. Ecli: ES:TS:2006:8580
Resumen
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Justicia de Asturias, sobre prestaciones de incapacidad permanente.Primero, debe considerarse que se ha calificado a la relación de los vendedores del cupón con la ONCE como la correspondiente a un contrato de trabajo común y no como especial de los representantes de comercio o mediadores mercantiles. Y consiguientemente, la cotización de estos trabajadores se ha de llevar a cabo conforme a la normativa correspondiente a los trabajadores ordinarios del Régimen General de la Seguridad Social, y por ello la base reguladora de la pensión de incapacidad permanente, derivada de enfermedad común, se fijará conforme a las bases de cotización de los 96 meses anteriores al hecho causante, por aplicación del artículo 140.1 de la Ley del Procedimiento Laboral, y no en función de la correspondiente a los representantes de comercio.
Voces
Gran invalidez
Base de cotización
Incapacidad permanente
Representante de comercio
Enfermedad Común
Pagas extraordinarias
Incapacidad permanente absoluta
Infracotización a la Seguridad Social
Contrato de Trabajo
Régimen General de la Seguridad Social
Reconocimiento de las prestaciones
Cuantía de las prestaciones
Seguridad jurídica
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