Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3258/2010 de 12 de Julio de 2011
Sentencia Social Tribunal...io de 2011

Última revisión
25/04/2012

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3258/2010 de 12 de Julio de 2011

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Orden: Social

Fecha: 12 de Julio de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL

Nº de recurso: 3258/2010

Núm. Cendoj: 28079140012011100510

Núm. Ecli: ES:TS:2011:5859

Núm. Roj: STS 5859/2011

Resumen
Se plantea si la jurisdicción social es competente para resolver las cuestiones surgidas de la ejecución de los contratos TRADE, cuando se trata de contratos celebrados antes de la vigencia de la Ley 20/2007 por cuanto la competencia de este orden jurisdiccional viene determinada por el momento en que esos contratos pasan a regularse por dicha ley. El principio de seguridad jurídica del artículo 9.3 CE impide en principio aplicar la Ley 20/2007 a los contratos celebrados antes de su vigencia; además el que la Ley no requiera la forma escrita "ad solemnitatem", no significa que la misma no condicione la validez del contrato al conocimiento por la empresa empleadora de la condición de trabajador autónomo dependiente a quien contrata con ella, conocimiento que es un elemento constitutivo del contrato. El contrato suscrito originariamente entre las partes era civil o mercantil, que no se novó, ni se transformó en TRADE y por ello esta jurisdicción no es competente para resolver las cuestiones derivadas de su rescisión.

Voces

Autónomo económicamente dependiente

Trabajador autónomo

Irretroactividad

Fondo del asunto

Seguridad jurídica

Retroactividad

Vicios del consentimiento

Falta de competencia