Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3460/2006 de 22 de Diciembre de 2008
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Última revisión
22/12/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 3460/2006 de 22 de Diciembre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 22 de Diciembre de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: DE CASTRO FERNANDEZ, LUIS FERNANDO

Nº de recurso: 3460/2006

Núm. Cendoj: 28079140012008100907

Resumen
Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y La Mancha, sobre despido improcedente. La Sala estima que la doctrina ajustada a derecho es la mantenida por la Sentencia recurrida, al calificar de contrario a Derecho el cese del trabajador reclamante, por razón de haber cumplido la edad de Jubilación y sin ninguna contraprestación de las previstas en la Ley 14/2005. El Tribunal Superior llega a tal conclusión, partiendo del hecho de que el Convenio Colectivo Único para la Administración General del Estado databa del año 1998 y había sido prorrogado sucesivamente , encontrándose vigente en la fecha del cese, por lo que la cláusula convencional que autorizaba la jubilación obligatoria ya no tenía vigencia porque había quedado afectada de nulidad por la prohibición derivada de la derogación de la DA 10ª ET.

Voces

Convenio colectivo

Jubilación forzosa

Edad de jubilación

Prestación de jubilación

Negociación colectiva

Cláusula de jubilación forzosa

Despido improcedente

Desempleo

Contrato de Trabajo

Período de carencia

Cese del trabajador

Derecho al trabajo

Salario bruto

Pagas extraordinarias

Contrato de trabajo de duración determinada

Amortización de puestos de trabajo

Salarios de tramitación

Puesto de trabajo

Derechos de los trabajadores

Formación profesional

Edad ordinaria de jubilación

Cuestión de inconstitucionalidad

Recurso de inconstitucionalidad

Contraprestación

Principio de igualdad

Extinción del contrato de trabajo

Período mínimo de cotización

Cláusula del convenio colectivo

Falta de competencia