Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4187/2011 de 18 de Mayo de 2012
Última revisión
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4187/2011 de 18 de Mayo de 2012
Sentencia
Orden: Social
Fecha: 18 de Mayo de 2012
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: LOPEZ GARCIA DE LA SERRANA, JOSE MANUEL
Nº de recurso: 4187/2011
Núm. Cendoj: 28079140012012100354
Resumen
Pensión de vejez SOVI y Ley de 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Desarrollo de la doctrina del Pleno de 21 de diciembre de 2.009. Los hijos habidos después del 1 de enero de 1.967, una vez extinguido el SOVI, no pueden originar en éste régimen el beneficio contemplado en la Disp. Ad. 44ª LGSS, 112 días completos de cotización por cada parto de un solo hijo, para completar el tiempo mínimo de cotización de 1.800 días. Esta doctrina se aplica, también, para determinar las cotizaciones acreditadas al SOVI en España, a efectos de determinar el porcentaje de la pensión a cargo del INSS. Existe contradicción porque la cuestión a resolver es la misma: cómputo, como cotizaciones ficticias, de las correspondientes a nacimientos posteriores al año 1966. Reitera doctrina STS 12/12/2011 (recurso 589/2011), 14/12/2011 (recurso 1640/2011) y 23/01/12 (recurso 1722/2011).
Voces
Seguro de vejez e invalidez (SOVI)
Cotizaciones ficticias
Prorrateo de las pagas extraordinarias
Prestación de jubilación
Cotización a la Seguridad Social
Pagas extraordinarias
Período de carencia
Seguridad jurídica
Periodos previos de cotización
Régimen General de la Seguridad Social
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