Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 5018/2005 de 12 de Febrero de 2008
Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 5018/2005 de 12 de Febrero de 2008
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Sentencia
Orden: Social
Fecha: 12 de Febrero de 2008
Tribunal: Tribunal Supremo
Ponente: SAMPEDRO CORRAL, MARIANO
Nº de recurso: 5018/2005
Núm. Cendoj: 28079140012008100324
Núm. Ecli: ES:TS:2008:2870
Núm. Roj: STS 2870/2008
Resumen
La cuestión litigiosa resuelta por esta sentencia se refiere a la consideración como laboral de la relación de unos odontólogos con una clínica dental, en régimen de franquicia con la mercantil DENTAL ALZIRA, S.L., La prestación se desarrolla con gran flexibilidad horaria, pudiendo designar un sustituto, aunque con el beneplácito de la empresa. La infraestructura utilizada es propiedad de la empresa. El procedimiento se inicia de oficio por la Autoridad Laboral. Como se sabe, la calificación no depende de la denominación que den las partes al contrato, sino de la configuración efectiva de las obligaciones asumidas. En este caso la disyuntiva está entre la consideración como laboral o como arrendamiento de servicios civil. La Sala, tras recordar las características de uno y otro contrato, y enumerar lo que se han ido considerando indicios de laboralidad, concluye que la relación es laboral, ya que la empresa, y no el médico, es la que dispone de organización sanitaria propia para la prestación de los servicios, integrándose éstos en el cuadro médico de la clínica. El lugar, el horario, los medios y el modo de trabajo de los médicos odontólogos son programados y predispuestos por la empresa y estos cobran los ingresos que derivan de la prestación de sus servicios profesionales, entregándoles un importe igual al porcentaje pactado. Reitera doctrina. Inadmisión del 1º motivo por defectos insubsanables.
Voces
Contrato de Trabajo
Indefensión
Escrito de interposición
Ajenidad
Nulidad de pleno derecho
Principio de igualdad
Derecho a la tutela judicial efectiva
Salario garantizado
Fondo del asunto
Intervención de abogado
Actividad laboral
Centro de trabajo
Frutos
Jornada laboral
Salario a comisión
Régimen retributivo
Autoridad laboral
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