Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 589/2011 de 12 de Diciembre de 2011
Sentencia Social Tribunal...re de 2011

Última revisión
12/12/2011

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 589/2011 de 12 de Diciembre de 2011

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Orden: Social

Fecha: 12 de Diciembre de 2011

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS

Nº de recurso: 589/2011

Núm. Cendoj: 28079140012011100783

Núm. Ecli: ES:TS:2011:9191

Resumen
PENSIÓN DE VEJEZ DEL SOVI.- Ley de 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.- Los hijos habidos después del 1 de enero de 1.967, una vez extinguido el SOVI, no pueden originar en éste régimen el beneficio contemplado en la Disp. Ad. 44ª LGSS.- Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el INSS contra Sentencia estimatoria de la Sala de lo Social del TSJ de la Comunidad Valenciana, sobre impugnación de denegación de pensión de jubilación del SOVI.La Sala declara que el beneficio otorgado en la Disp. Ad. 44ª se aplica a todas las prestaciones que se causen a partir de la entrada en vigor de la Ley de Igualdad -ex Disp. Transitoria 7ª. 3-, con independencia de la fecha de la legislación por la que se rijan, y desde esa perspectiva temporal, con independencia de que el régimen del SOVI ya no estuviese vigente, aplica los discutidos 112 días ficticios a los alumbramientos habidos bajo la vigencia del extinto sistema; pero ello no significa que hayan de reconocerse también para ese especial régimen los partos posteriores al 1 de enero de 1.967.

Voces

Seguro de vejez e invalidez (SOVI)

Pagas extraordinarias

Regímenes de la Seguridad social

Periodos previos de cotización

Maternidad a efectos laborales

Régimen General de la Seguridad Social

Actividad laboral

Incapacidad permanente

Subsidio mayores 55 años

Derecho de igualdad

Cotizaciones ficticias

Permiso de maternidad

Período de carencia

Pensión de jubilación SOVI