Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 672/2006 de 28 de Noviembre de 2006
Sentencia Social Tribunal...re de 2006

Última revisión
28/11/2006

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 672/2006 de 28 de Noviembre de 2006

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 28 de Noviembre de 2006

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: AGUSTI JULIA, JORDI

Nº de recurso: 672/2006

Núm. Cendoj: 28079140012006101248

Núm. Ecli: ES:TS:2006:8728

Resumen
Se estima el recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sobre la determinación de la pensión de viudedad. La sentencia de suplicación reconoció la pensión íntegra, argumentando, fundamentalmente, que la separación no tuvo efecto nunca, que no se produjo a pesar de la sentencia judicial, pues la situación de necesidad del esposo provocó que nunca se marchara del domicilio durante casi 10 años, de lo que es buena prueba que la esposa lo siguiera cuidando continuamente y que el esposo siguiera aportando su retribución como funcionario al sostén de la vida familiar, de modo que la convivencia se mantuvo siempre, cumpliendo las obligaciones básicas de la misma que la definen, y que consisten en ayudarse y socorrerse mutuamente. Sin embargo, la Sala considera que cuando la reconciliación no se comunica se está ante una reanudación de hecho de la convivencia, que, si bien puede tener efectos ante los cónyuges, no produce efectos ante terceros, condición que tiene obviamente la Entidad Gestora de la Seguridad Social, pues por razones de seguridad jurídica la reconciliación tiene que estar vinculada a un reconocimiento oficial.

Voces

Pensión de viudedad

Seguridad jurídica

Entidades Gestoras de la Seguridad Social