Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 70/2008 de 23 de Abril de 2009
Sentencia Social Tribunal...il de 2009

Última revisión
23/04/2009

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 70/2008 de 23 de Abril de 2009

Tiempo de lectura: 0 min

Tiempo de lectura: 0 min

Orden: Social

Fecha: 23 de Abril de 2009

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: FUENTES LOPEZ, VICTOR

Nº de recurso: 70/2008

Núm. Cendoj: 28079140012009100288

Resumen
Rrecurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia dictada el 23 de noviembre de 2007 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en recurso de suplicación nº 2876/07CESION ILEGAL DE TRABAJADORES. CONDICION DE FIJO O INDEFINIDO EN LA EMPRESA PRINCIPAL TV GALLEGA DE LOS ACTORES. SE DESESTIMA LOS TRES RECURSOS DE CASACION. EL DE LOS ACTORES EN CUANTO AL FONDO, AL TENER ESTOS CONDICION DE INDEFINIDOS. SE REITERA DOCTRINA. EL DE TV GALLEGA Y PRODUCTORA EL PROGRESO SL. POR FALTA DE RELACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LA CONTRADICCION.Y FALTA DE CONTRADICCIONCESIÓN ILEGAL DE TRABAJADORES PARA UNA EMPRESA PROPIEDAD DE UNA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: LOS TRABAJADORES ADQUIEREN LA CONDICIÓN DE INDEFINIDOS NO FIJOS DE PLANTILLA. CONDENA DE FUTURO: FALTA DE CONTRADICCIÓN. Los trabajadores recurrentes fueron contratados por una entidad privada para prestar servicios para una televisión autonómica; reclamaron la condición de fijos por considerar que habían sido sometidos a cesión ilegal de trabajadores; la resolucion recurrida  confirma que existió tal cesión, pero al tratarse la entidad cesionaria de una empresa dependiente de una Administración Pública, reconoce a laos trabajadores la condición de indefinidos no fijos de plantilla. La Sala desestima el motivo de recurso en el que reclaman la condición de fijos por falta de contenido casacional, al coincidir la doctrina en que se apoya la sentencia recurrida con la jurisprudencia de esta Sala sobre la cuestión controvertida. De acuerdo con la referida doctrina jurisprudencial, en los casos de cesión ilegal donde aparece implicada una Administración Pública (o una empresa pública sujeta al régimen de contratación laboral propio de las Administraciones Públicas) la declaración judicial que corresponde en aplicación del art. 43.4 ET es que el trabajador está vinculado a la entidad empleadora por contrato indefinido y no la de trabajador fijo. Se trata de preservar los principios constitucionales de  igualdad, publicidad y mérito en el acceso al empleo público. Se desestima por fal ta de contradicción los motivos destinados a pedir el reconocimiento de una condena de futuro. Se desestima el recurso de la entidad condenada tendente a que se reconozca que exitió  una valida descentralización o externalización productiva y no una cesión ilegal, por falta de contradicción de las sentencias de contraste alegadas.

Voces

Cesión ilegal de trabajadores

Contrato de trabajo de duración determinada

Contrato indefinido

Trabajador fijo

Grabación

Representación de los trabajadores

Pagas extraordinarias

Convenio colectivo

Vacaciones

Responsabilidad

Salario base

Contrato indefinido no fijo

Contratación laboral

Economía procesal

Reclamación de cantidad

Interés legitimo

Objeto del proceso

Cuestiones de fondo

Subcontratación

Valoración de la prueba

Impugnación de convenios colectivos

Proceso de despido disciplinario

Salario bruto

Plus de distancia

Dietas

Papeleta de conciliación

Jornada laboral