Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 726/2008 de 22 de Julio de 2008
Sentencia Social Tribunal...io de 2008

Última revisión
22/07/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 726/2008 de 22 de Julio de 2008

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Orden: Social

Fecha: 22 de Julio de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: GULLON RODRIGUEZ, JESUS

Nº de recurso: 726/2008

Núm. Cendoj: 28079140012008100593

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en suplicación, con fecha 22 de enero de 2008, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de los de Ferrol, de fecha 16 de noviembre de 2004.Grado de minusvalía: reconocimiento del 33 por 100 a quienes tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez; aplicación del art.1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre.Se discute si los efectos de la minusvalía del 33 por 100 que se contiene en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, se producen con carácter y efectos generales y de manera automática, al margen de las previsiones del Real Decteto 1971/1999, de 23 de diciembre. El Tribunal Supremo, en base a doctrina previa, contesta negativamente.La STS de 22 de julio de 2008, siguiendo doctrina previa (SSTS de 21 de marzo, 29 de mayo y 19 de julio de 2007 y 30 de junio de 2008), reitera que el reconocimiento del  33 por 100 de discapacidad a quienes tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez sólo se produce de forma automática en el ámbito y para las previsiones de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, y, en ningún caso, de forma general y para todos los efectos (previstos en el Real Decteto 1971/1999, de 23 de diciembre); de forma que a quienes estén en esas situaciones de incapacidad y pretendan hacer efectiva la realidad de la existencia de la simple condición de minusvalía cifrada en el 33 por 100 en el ámbito exclusivo de la aplicación de la referida norma, no han de llevar a cabo otra actuación que no sea la de acreditar la situación de incapacidad permanente legalmente homologada.

Voces

Grado de minusvalía

Minusvalía

Incapacidad permanente total

Incapacidad permanente

Gran invalidez

Incapacidad permanente total cualificada

Profesión habitual

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Periodo de excedencia

Cuidado de familiares

Grado de incapacidad permanente

Acción protectora

Prestación de jubilación

Grado de incapacidad

Representación procesal