Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 3944 de 27 de Noviembre de 2000
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Última revisión
27/11/2000

Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Rec 3944 de 27 de Noviembre de 2000

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Orden: Social

Fecha: 27 de Noviembre de 2000

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: MARIÑO COTELO, JOSE MANUEL

Nº de recurso: 3944

Resumen
RECURSO DE SUPLICACIÓN EN RECLAMACIÓN DE INVALIDEZ NO CONTRIBUTIVA La actora, que vive con su marido, jubilado, y con su hija, mayor de edad, solicita pensión no contributiva por poseer una invalidez del 65%, pensión que se le reconoce, apercibiéndole de la obligación de comunicar cualquier variación que pudiese ocurrirle en lo sucesivo. Tras detectar la Entidad Gestora ingresos propios de la interesada, se ajusta el importe de la pensión, notificándole que debe devolver lo indebidamente percibido. Posteriormente, la Consellería detecta que la hija de la actora no convive con ella, por lo que vuelve a modificar la cuantía de la prestación y devolución de lo indebidamente percibido. Contra la sentencia de instancia, que desestimando la demanda interpuesta por la actora, absolvió a la entidad gestora, se alza en suplicación la interpelante solicitando la revisión de los hechos declarados probados, pretendiendo que se reconozca que su hija residió temporalmente fuera del domicilio paterno, por estar contratada temporalmente fuera de su lugar de residencia. Sin embargo, la flexibilización en el formalismo del recurso de suplicación no puede llevar a una impugnación libre, que atentaría contra la seguridad jurídica, situando a la parte recurrida en indefensión. La aplicación de esta doctrina lleva a la desestimación de la revisión postulada.

Voces

Pensión no contributiva de invalidez

Tesorería General de la Seguridad Social

Prestación de jubilación

Ingresos propios

Grado de minusvalía

Minusvalía

Cuantía de las prestaciones

Valoración de la prueba

Práctica de la prueba

Seguridad jurídica

Indefensión

Contrato de trabajo de duración determinada

Prueba documental

Prestaciones no contributivas