Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4143/2007 de 21 de Octubre de 2008
Sentencia Social Tribunal...re de 2008

Última revisión
21/10/2008

Sentencia Social Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4143/2007 de 21 de Octubre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 21 de Octubre de 2008

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: MOLINER TAMBORERO, GONZALO

Nº de recurso: 4143/2007

Núm. Cendoj: 28079140012008100743

Núm. Ecli: ES:TS:2008:6323

Núm. Roj: STS 6323/2008

Resumen
Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia de fecha 4 de diciembre de 2006, dictada por el Juzgado de lo Social nº 25 de Madrid, en autos núm. 759/06COCINERA CONTRATADA POR LA EMBAJADA DE BRASIL, NATURALEZA DE LA RELACION. EXTINCION POR DESISTIMIENTO UNILATERAL DEL EMPLEADOR. SE ESTIMA QUE ES RELACION LABORAL COMÚN Y SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA QUE CONDENÓ A LA EMBAJADA POR DESPIDO IMPROCEDENTE.NATURALEZA DE LA RELACIÓN DE UNA COCINERA CONTRATADA POR UNA EMBAJADA. EXTINCIÓN DEL CONTRATO. Se plantea en en este supuesto la naturaleza común o especial de empleados de hogar de la relación habida entre la embajada de Brasil y una cocinera contratada por la misma para prestar servicios al embajador y en comidas y actos oficiales, percibiendo su retribución del Estado brasileño. La embajada, considerando que se trata ba de una relación especial, notificó la extinción por desistimiento poniendo a disposición de la trabajadora una indemnización de siete días de salario por año. La sentencia recurrida estima la demanda, considerando que se trata de una relación laboral común, donde no cabe la extinción por desistimiento, sino que considera el cese constitutivo de despido improcedente. La presente sentencia de la Sala Cuarta del TS confirma la resolución recurrida con base en los siguientes argumentos: se trata de una relación común, porque sólo cabe la relación especial en caso de que contraten personas físicas, además, en este caso se prestaban servicios  que no son domésticos (actos oficiales) lo cual impide la existencia de relación especial y, finalmente, porque según el Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas, la trabajadora es persona al servicio de la misión, pero no criado particular o trabajador al servicio personal del empleador.

Voces

Empleados de hogar

Despido improcedente

Extinción del contrato de trabajo

Relaciones laborales de carácter especial

Desistimiento del contrato laboral

Prorrateo de las pagas extraordinarias

Representación de los trabajadores

Acto de conciliación

Sección de mediación, arbitraje y conciliación

Impago de salario

Puesto de trabajo

Actividad laboral

Cuantía de la indemnización

Representación procesal

Escrito de interposición