Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 823/2002 de 03 de Mayo de 2002
Sentencia Social Tribunal...yo de 2002

Última revisión
03/05/2002

Sentencia Social Tribunal Superior de Justicia de Andalucia, Rec 823/2002 de 03 de Mayo de 2002

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Orden: Social

Fecha: 03 de Mayo de 2002

Tribunal: TSJ Andalucia

Ponente: NAVAS GALISTEO, ANTONIO

Nº de recurso: 823/2002

Resumen
Prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social.Subsidio por incapacidad temporal. La Sala interpreta que se entiende en situación de incapacidad laboral transitoria de enfermedad común a la persona beneficiaria del subsidio por maternidad cuando agote el periodo de descanso obligatorio posterior al parto ininterrumpidamente  y continuase necesitando de asistencia medica y se encontrara incapacitada para el trabajo, con obligación de la entidad gestora  de abonar  el correspondiente subsidio a la nueva contingencia.

Voces

Incapacidad temporal

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Enfermedad Común

Alta médica

Maternidad a efectos laborales

Prestación por desempleo

Baja por maternidad

Prueba documental

Contrato de Trabajo

Prestación de incapacidad temporal

Incapacidad temporal por maternidad

Extinción del contrato de trabajo

Declaración de hechos probados

Valoración de la prueba

Modalidades de pago

Modificación del hecho probado

Solución de continuidad

Baja médica

Prestación por maternidad

Desempleo

Permiso de maternidad

Intervención de abogado

Situación legal de desempleo

Situación asimilada alta Seguridad Social

Régimen General de la Seguridad Social