Los bienes sustraídos se valorarán conforme el precio de venta al público inclui.../2016 de 9-05-2017.
Los bienes sustraídos se ...-05-2017.

Última revisión
25/05/2017

Los bienes sustraídos se valorarán conforme el precio de venta al público incluido el IVA. Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Penal, núm 327/2017, recurso 2188/2016 de 9-05-2017.

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Orden: Penal

Fecha: 09 de Mayo de 2017

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE, JUAN RAMON

Nº de sentencia: 327/2017

Nº de recurso: 2188/2016

Núm. Cendoj: 28079129912017100003

Núm. Ecli: ES:TS:2017:1874

Núm. Roj: STS 1874:2017

Resumen
El valor de lo sustraído en establecimiento comerciales es el precio de venta al público.Debe interpretarse como la cantidad que debe abonarse para su adquisición, cifra que habitualmente se exhibe en el etiquetado de la mercancía, comprensiva, sin desglosar, las costas de producción y distribución del bien, los márgenes de beneficio de los sucesivos intervinientes en la cadena de producción y los tributos y aranceles que lo hayan gravado directa o indirectamente, con inclusión del Impuesto del Valor Añadido (IVA) en el territorio de su aplicación (península y Baleares ) el impuesto General Indirecto Canario (IGIG), en las Islas Canarias y el impuesto sobre la Producción, los Servicios y las Importaciones (IPSI) en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Voces

Precio de venta

Hurto

Seguridad jurídica

Bienes sustraídos

Tipo penal

Constitucionalidad

Valoración de la prueba

Valor real

Derecho a la tutela judicial efectiva

Cuestión de inconstitucionalidad

Igualdad ante la ley

Delito de hurto

Principio de legalidad

Resarcimiento de daños y perjuicios

Enriquecimiento injusto

Valor de mercado

Derecho de igualdad

Delito leve

Estafa

Principio de igualdad