Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Re... 12 de Abril de 2012
Sentencia Administrativo ...il de 2012

Última revisión
12/04/2012

Sentencia Administrativo Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso, Sección 5, Rec 5651/2009 de 12 de Abril de 2012

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Orden: Administrativo

Fecha: 12 de Abril de 2012

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: CALVO ROJAS, EDUARDO

Nº de recurso: 5651/2009

Núm. Cendoj: 28079130052012100253

Núm. Ecli: ES:TS:2012:2516

Resumen
AUTORIZACIÓN AMBIENTAL.- Impugnación de las condiciones impuestas en la utorización ambiental concedida para la realización de vertidos de compuestos orgánicos farmacéuticos (ésteres).- Incongruencia interna de la sentencia.- Ha lugar al recurso de casación y desestimación del recurso contencioso-administrativo.-  Se declara haber lugar al recurso de casación interpuesto contra Sentencia estimatoria de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Cataluña, y se desestima el recurso contencioso administrativo sobre impugnación de condicionado de concesión de licencia ambiental.La Sala declara que si la Sentencia admite que el vertido se calificó correctamente de considerable en relación con el caudal tratado en el EDAR; y si considera también que, conforme al artículo 13.1.a/ del Reglamento de los servicios públicos de saneamiento, para el establecimiento de los límites ha de tenerse en cuenta la consecución de los objetivos de calidad del medio, y que para el logro de este objetivo se puedan fijar límites máximos de vertido por debajo de los reflejados en el Reglamento, la conclusión a que llega la Sentencia es incongruente con aquellas premisas.Y es que en su razonamiento la Sentencia ha obviado otra premisa que resultaba obligada y que no puede ser siquiera objeto discusión: la de que la Estación de Tratamiento (EDAR) afluye las aguas tratadas al medio receptor, que las recibe en las condiciones en que la EDAR las vierte. Por lo tanto, el grado de contaminación de los caudales vertidos a la EDAR ha de ser compatible con el sistema de depuración existente, porque en otro caso no se cumple el fin perseguido por la norma (desde la Directiva del Consejo 91/271, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas), que es el de proteger al medio ambiente de los efectos negativos de los vertidos de las aguas residuales.

Voces

Aguas residuales

Autorización ambiental

Autorizaciones ambientales

Contaminación

Calidad del agua

Realización de vertidos

Mala fe