Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 406...e 05 de Mayo de 2004
Sentencia Social Nº S/S, ...yo de 2004

Última revisión
05/05/2004

Sentencia Social Nº S/S, Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 4063/2003 de 05 de Mayo de 2004

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Orden: Social

Fecha: 05 de Mayo de 2004

Tribunal: Tribunal Supremo

Ponente: IGLESIAS CABERO, MANUEL

Nº de sentencia: S/S

Nº de recurso: 4063/2003

Núm. Cendoj: 28079140012004100340

Núm. Ecli: ES:TS:2004:3012

Núm. Roj: STS 3012/2004

Resumen
SUCESIÓN DE CONTRATOS TEMPORALES FRAUDULENTA. La contratación temporal en nuestro sistema es causal, es decir, si la temporalidad no trae su origen de alguna de las modalidades contractuales prevista en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, la relación es indefinida. Para la validez de los contratos temporales no solamente es necesario que concurra la causa que los legitima, sino que ha de explicitarse en el propio contrato y, puesto que la temporalidad no se presume, si no se acredita su concurrencia, opera la presunción a favor de la contratación indefinida. En base a lo anterior la Sala de casación confirma la sentencia que calificó el despido de trabajadora recurrida como improcedente pues ya el primer contrato celebrado por las partes, y el segundo también, deben ser considerados como contratos de duración indefinida.

Voces

Contrato de trabajo de duración determinada

Contrato de Trabajo

Acumulación de tareas

Centro de trabajo

Contrato indefinido

Categoría profesional

Solución de continuidad

Contrato de interinidad

Sustitución del trabajador

Sucesión de contratos temporales