Sentencia Social Nº 873/2008, Tribunal Superior de Justicia de Aragon, Sala de l...de Noviembre de 2008
Sentencia Social Nº 873/2...re de 2008

Última revisión
19/07/2013

Sentencia Social Nº 873/2008, Tribunal Superior de Justicia de Aragon, Sala de lo Social, Sección 1, Rec 823/2008 de 12 de Noviembre de 2008

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Orden: Social

Fecha: 12 de Noviembre de 2008

Tribunal: TSJ Aragon

Ponente: GARCIA-ATANCE, JUAN MOLINS

Nº de sentencia: 873/2008

Nº de recurso: 823/2008

Núm. Cendoj: 50297340012008100916

Núm. Ecli: ES:TSJAR:2008:1937

Núm. Roj: STSJ AR 1937/2008

Resumen
RECLAMACIÓN CANTIDAD. La empresa procedió a la extinción de todos los contratos de trabajo de los operarios que integraban su plantilla. Simultáneamente se suscribió un compromiso entre las partes por el que la empresa se obligaba a suscribir y financiar, al término de la prestación de desempleo, un convenio especial con la Seguridad Social relativo a la actora y dos trabajadores más, a los efectos de cubrir las cotizaciones hasta la edad de jubilación. No se acreditada la suscripción del citado compromiso especial. El Tribunal considera que la empresa demandada no esta obligada al abono de las cuotas de convenio especial con la Seguridad Social, pues la actora, una vez extinguido su contrato de trabajo, pasó a percibir la prestación por desempleo hasta abril de 2.008, habiendo cumplido los 61 años de edad el 10 de septiembre de 2.007. Por ello, de acuerdo con la normativa legal citada, las aportaciones al convenio especial eran obligatorias y a cargo exclusivo de la trabajadora (art. 51.15 del Estatuto de los Trabajadores , en redacción Ley 35/2002, de 12 de julio).

Voces

Convenio especial con la Seguridad Social

Expediente de regulación de empleo

Reclamación de cantidad

Prestación por desempleo

Buena fe

Medios de prueba

Edad de jubilación

Contrato de Trabajo

Voluntad de las partes