Tarifa plana 50 euros para nuevas altas en el RETA. Autónomos societarios. Sente... 21 de Mayo de 2015.
Última revisión
Tarifa plana 50 euros para nuevas altas en el RETA. Autónomos societarios. Sentencia Nº 327/2015, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso, Rec 4294/2014 de 21 de Mayo de 2015.
Sentencia
Orden: Administrativo
Fecha: 21 de Mayo de 2015
Tribunal: TSJ Galicia
Ponente: EIROA, CRISTINA MARÍA PAZ
Nº de sentencia: 327/2015
Nº de recurso: 4294/2014
Núm. Cendoj: 15030330022015100319
Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2015:3572
Núm. Roj: STSJ GAL 3572/2015
Resumen
TARIFA PLANA 50 EUROS PARA NUEVAS ALTAS EN EL RETA. AUTÓNOMOS SOCIETARIOS. La Sala de lo Social del TSJ Galicia, se pronuncia sobre la aplicación de la cuota reducida de alta inicial en el RETA a autónomos societarios, considerando que la normativa no excluyen de los posibles beneficios a los socios y administradores.Las palabras de la Ley son «jóvenes trabajadores por cuenta propia» y no excluyen a los socios y administradores de las sociedades mercantiles y capitalistas que poseen el control efectivo de las mismas. Antes bien, la misma Ley contempla la aplicación de lo que dispone a «socios trabajadores» (apdo. 4, DA35, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social- y se refiere al «Estatuto del Trabajo Autónomo»; antes, contempla la obligatoria inclusión en el RETA. de esos socios - DA27, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio -.
Voces
Actividades económicas
Letrados de la administración
Práctica de la prueba
Acto administrativo impugnado
Jurisdicción contencioso-administrativa
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 5 sentencias
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder