Tarifa plana 50 euros para nuevas altas en el RETA. Autónomos societarios. Sente... 21 de Mayo de 2015.
Tarifa plana 50 euros par...o de 2015.

Última revisión
11/03/2016

Tarifa plana 50 euros para nuevas altas en el RETA. Autónomos societarios. Sentencia Nº 327/2015, Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Contencioso, Rec 4294/2014 de 21 de Mayo de 2015.

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Orden: Administrativo

Fecha: 21 de Mayo de 2015

Tribunal: TSJ Galicia

Ponente: EIROA, CRISTINA MARÍA PAZ

Nº de sentencia: 327/2015

Nº de recurso: 4294/2014

Núm. Cendoj: 15030330022015100319

Núm. Ecli: ES:TSJGAL:2015:3572

Núm. Roj: STSJ GAL 3572/2015

Resumen
TARIFA PLANA 50 EUROS PARA NUEVAS ALTAS EN EL RETA. AUTÓNOMOS SOCIETARIOS. La Sala de lo Social del TSJ Galicia, se pronuncia sobre la aplicación de la cuota reducida de alta inicial en el RETA a autónomos societarios, considerando que la normativa no excluyen de los posibles beneficios a los socios y administradores.Las palabras de la Ley son «jóvenes trabajadores por cuenta propia» y no excluyen a los socios y administradores de las sociedades mercantiles y capitalistas que poseen el control efectivo de las mismas. Antes bien, la misma Ley contempla la aplicación de lo que dispone a «socios trabajadores» (apdo. 4, DA35, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social- y se refiere al «Estatuto del Trabajo Autónomo»; antes, contempla la obligatoria inclusión en el RETA. de esos socios - DA27, Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio -. 

Voces

Actividades económicas

Letrados de la administración

Práctica de la prueba

Acto administrativo impugnado

Jurisdicción contencioso-administrativa