Jurisprudencia sobre Vicios ocultos.
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Desestima
Estima
Estima parcialmente
Condena
Se inadmite
Orden
Civil
Administrativo
Supranacional
Constitucional
Ponente
Utrillas Carbonell, Fernando
Quecedo Aracil, Pablo
Claret Castany, Asuncion
Ferrer Barriendos, Agustin
Valdivieso Polaino, Jose Luis
Tipo de sentencia
Sentencia
Auto
Acuerdo de Sala
Conclusiones
la Audiencia Provincial de Zaragoza estima el recurso de apelación del demandado sobre saneamiento por vicios ocultos; la Sala señala que en el presente supuesto, en el que se exige la garantía por la venta de un bien de segunda mano, la jurisprudencia excluye el saneamiento por vicios en tal clase de ventas al constituir el objeto de la misma un bien singular en el estado en que se hallaba al tiempo de su realización, y si se compra un vehículo usado ha de estarse a su estad
No ha lugar a la apelación instada por la entidad demandada sobre reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato. Supuesto de saneamiento de vicios ocultos derivándose la posibilidad del ejercicio de las acciones del art. 1484 C. C. La compraventa celebrada entre los litigantes incluye el espacio delimitado por la vivienda, y una serie de elementos instalados en la misma, entre ellos la encimera de la cocina. Se acredita por la comunicación de la Junta Arbitral de Consum
Se desestima el recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, sobre responsabilidad del contratista por la realización de obras. Olvida la recurrente que con la entrega de la obra no queda extinguida en su totalidad la responsabilidad del contratista derivada de su actuación. Transcurrido el plazo de garantía, durante el que se tienen que realizar las labores de conservación, y que había sido fijado
la Audiencia Provincial de Zaragoza estima el recurso de apelación del demandado sobre saneamiento por vicios ocultos; la Sala señala que en el presente supuesto, en el que se exige la garantía por la venta de un bien de segunda mano, la jurisprudencia excluye el saneamiento por vicios en tal clase de ventas al constituir el objeto de la misma un bien singular en el estado en que se hallaba al tiempo de su realización, y si se compra un vehículo usado ha de estarse a su estad
No ha lugar a la apelación instada por la entidad demandada sobre reclamación de cantidad por incumplimiento de contrato. Supuesto de saneamiento de vicios ocultos derivándose la posibilidad del ejercicio de las acciones del art. 1484 C. C. La compraventa celebrada entre los litigantes incluye el espacio delimitado por la vivienda, y una serie de elementos instalados en la misma, entre ellos la encimera de la cocina. Se acredita por la comunicación de la Junta Arbitral de Consum
Se desestima el recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, sobre responsabilidad del contratista por la realización de obras. Olvida la recurrente que con la entrega de la obra no queda extinguida en su totalidad la responsabilidad del contratista derivada de su actuación. Transcurrido el plazo de garantía, durante el que se tienen que realizar las labores de conservación, y que había sido fijado