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LEY 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. - Boletín Oficial del Estado de 15-11-1997

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 23 de Julio de 2015

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 274

F. Publicación: 15/11/1997


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I II III IV V
CAPÍTULO I Del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de sus funciones y ámbito
SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Definición y objeto del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 2. De los funcionarios que integran el sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
SECCIÓN 2.ª DE LAS FUNCIONES, FACULTADES Y DEBERES
Artículo 3. De la función inspectora. Artículo 4. Ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 5. Facultades de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social para el desempeño de sus competencias. Artículo 6. Unidad de función, autonomía técnica, especialización y carácter de autoridad competente de los inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 7. Medidas derivadas de la actividad inspectora. Artículo 8. De las funciones de los subinspectores de Empleo y Seguridad Social. Artículo 9. Auxilio y colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 10. Colaboración de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 11. De la colaboración con los funcionarios del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 12. Deber de sigilo e incompatibilidades.
SECCIÓN 3.ª DE LAS ACTUACIONES DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 13. Iniciación de las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 14. Modalidades y documentación de la actuación inspectora.
CAPÍTULO II Organización del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
Artículo 15. Principios generales.
SECCIÓN 1.ª ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN Y COLABORACIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Artículo 16. La Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales. Artículo 17. Acuerdos bilaterales y Comisiones Territoriales en materia de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
SECCIÓN 2.ª ÓRGANOS DE GESTIÓN INSPECTORA
Artículo 18. La Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 19. Estructura funcional y territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 20. Ingreso y régimen de funcionarios en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Artículo 21. Relaciones entre las Administraciones públicas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Carácter básico. D.A. 2ª. Integración de los controladores laborales en el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social. D.A. 3ª. Alta Inspección del Estado en el orden social. D.A. 4ª. Presunción de certeza de las comprobaciones inspectoras y principios del procedimiento sancionador y liquidatorio. D.A. 5ª. Adecuación de otras normas de rango legal. D.A. 6ª. Competencias legislativas de las Comunidades Autónomas. D.A. 7ª. Transferencia de funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. D.A. 8ª. Tablón de Edictos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Régimen transitorio de los procedimientos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Normas legales que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Desarrollo y entrada en vigor de la Ley.