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210.- Plan General de Control 2019 de PROCESA, - Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 29-03-2019

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Ceuta

Órgano emisor: CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA

Boletín: Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 5873

F. Publicación: 29/03/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta Número 5873 de 29/03/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante Resolución de 12 de marzo de 2018, con el número de orden 002272 de la Excmo. Sr. Consejero de Econo- mía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha 12 de febrero de 2019 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, se procede a dar publicidad al contenido integro de la citada resolución.

El Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de la delegación conferida por el Presidente de la Ciudad, al amparo del artículo 14.2 del Estatuto de Autonomía por Decreto de fecha de 12 de febrero de 2019, en virtud de las competencias otorgadas a la Consejería, de fecha 20 de septiembre de 2017 y conforme a lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley 7/1985 y 24 del Real Decreto Legislativo 781/1986, ha resuelto dictar con esta fecha la siguiente:

RESOLUCIÓN

Los Fondos Estructurales son el mecanismo de la Unión Europea para promover el desarrollo armónico del conjunto de la Comunidad. Las Instituciones comunitarias, en colaboración con los Estados miembros y sus regiones, desarrollan acciones e intervenciones encaminadas a reforzar la cohesión económica y social de la Unión.

Mediante Acuerdo de Pleno de 21 de diciembre de 2015, la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Ceuta, presta su conformidad al contenido íntegro de ambos Programas Operativos y se realizó la encomienda de gestión administrativa, técnica, financiera y control a la Sociedad Pública de Desarrollo PROCESA, es la entidad que es medio propio de la Consejería de Eco- nomía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, actualmente Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo para la gestión del conjunto de recursos financieros provenientes de la Unión Europea, con la cofinanciación de la Ciudad Autónoma, especialmente la gestión de los Programas Operativos para Ceuta. Asimismo, y en cumplimiento de su objeto social, PROCESA, que es Organismo Intermedio y Beneficiario en este Programa Operativo, atiende y ejecuta cualquier otro encargo que la Ciudad Autónoma pueda encomendarle en materia socioeconómica.

El Área de Control Interno de PROCESA, constituye el primer nivel de control por parte del beneficiario de los Progra- mas sobre todas las operaciones que se inicien con cargo a los Fondos EIE, y como tal debe asegurar la realidad de la ejecución de la actuación, la subvencionalidad de la misma, el respeto de las Políticas Comunitarias y el cumplimiento de las normas de información y publicidad. Por ello, está trabajando para mejorar las medidas que pretendan detectar las posibles irregularidades, consistentes en realizar acciones de comprobación desde distintos ámbitos.

Es objeto del presente Plan, establecer el marco de los criterios generales que han de regir la planificación de las labo- res de control e inspección para el periodo determinado, concretado como plan de trabajo ordinario del Departamento de Control Interno de PROCESA, de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras de aplicación publicadas en el BOCCE 5652 de 14 de febrero de 2017, que pretende realizar un control interno de prevención y detección de irregularidades desde dos ámbitos distintos:

1º.- Verificación Administrativa:

Tendrá por objeto el análisis exhaustivo de los procedimientos administrativos de los beneficiarios finales en la ejecu- ción de los proyectos, así como la verificación financiera, especialmente, los pagos realizados y cofinanciados con Fondos Es- tructurales al objeto de comprobar que los mismos se ajustan a la legalidad vigente, en relación a la subvencionalidad o elegibili- dad de los gastos, al mantenimiento de una pista de auditoría suficiente, ayudas estatales, políticas de protección del medio am- biente, de igualdad de oportunidades, información y publicidad.

2º.- Verificaciones sobre el terreno:

Todos los expedientes incluirán pruebas de cumplimiento del objeto y de la entrega de bienes, que se llevarán a cabo mediante visitas in situ a los beneficiarios finales de todo los proyectos cofinanciados.

Así mismo, se realiza la verificación técnica y física de todos los proyectos, quedando constancia en actas de visita y reportaje fotográfico.

Dichos controles se concretan en dos momentos diferentes durante el proceso de concesión de la ayuda:

- Control interno previo a la Resolución de Concesión, mediante la comprobación administrativa de los expedientes de ayudas gestionados por PROCESA.

- Control interno previo al pago de la Ayuda, mediante la comprobación administrativa, financiera, técnica y física

de los expedientes, para la verificación del cumplimiento de las obligaciones impuestas en la Resolución de Con- cesión, para todas las subvenciones antes de ser pagadas con cargo a los Programas FSE, FEDER y POEJ, para el periodo 2014-2020.

Todo ello con independencia de los controles externos paralelos que puedan llevarse a cabo por el Organismo Interme- dio, la Consejería de Economía, Hacienda Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Auditoría o la Autoridad de Certificación.

La función de control deberá estar inspirada en los principios de Legalidad, Eficiencia y Eficacia, con la finalidad de velar que la actuación administrativa se ajuste a las disposiciones vigentes en cada caso.

La función de comprobación estará sujeta al principio de planificación, sujetándose anualmente a un Plan Anual de Control, que reflejará las actuaciones ordinarias previstas para el ejercicio, así como su ámbito, alcance y contenido.

El ejercicio de la actividad de control deberá gozar de absoluta independencia y autonomía respecto de las autoridades y personal de las que dependan los servicios.

El Área de control podrá recabar información, datos y cuantos documentos y expedientes precise para el normal desa- rrollo de su actividad. Todos los departamentos deberán prestar la ayuda y colaboración necesaria para facilitar las labores de control y contribuir así a su óptimo desarrollo.

El procedimiento de control interno, es un procedimiento escrito, en el que ha de constar el desarrollo de las actuaciones de control realizadas mediante el correspondiente informe de control, que se emitirá con carácter provisional en el caso de que se detecten errores y se devolverá el expediente al departamento responsable para su subsanación o complementariedad de la in- formación, por un periodo máximo de 10 días, siendo de nuevo sometido al proceso de control para su informe definitivo. El resultado del control interno dará lugar o no, a la continuidad del proceso.

En su virtud, esta Consejería HA RESUELTO lo siguiente:

PRIMERO.- Aprobar el Plan General de Control 2019 de PROCESA Sociedad de Desarrollo de Ceuta, S.A, para las operaciones que inicie y ejecute como beneficiario, en relación con las acciones y subvenciones cofinanciadas con Fondos Es- tructurales, con cargo al periodo de programación 2014-2020.

SEGUNDO.- Dar publicidad, en legal forma, al Plan General de Control 2019 de PROCESA.

TERCERO.- Lo que se comunica a los efectos oportunos, significándoles que contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.

LA SECRETARIA GENERAL

PDF El Técnico de Administración General Rodolfo Croce Clavero

PLAN GENERAL DE CONTROL 2019

ÁREA DE CONTROL INTERNO

PROCESA - BENEFICIARIO

PROCESA, SOCIEDAD DE DESARROLLO DE CEUTA, S.A.

CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

PLAN GENERAL DE CONTROL DE ACCIONES Y OPERACIONES COFINANCIADAS CON FONDOS

ESTRUCTURALES 2014-2020

EJERCICIO 2019

El departamento de Control Interno de PROCESA, Sociedad de Desarrollo de Ceuta, es el encargado de realizar los controles ordinarios de los distintos modos de gestión de los Fondos Estructurales en los que interviene como beneficiario, así como sobre las operaciones desarrolladas por los destinatarios finales, con intención de mejorar la calidad de los sistemas de gestión y control, y facilitar las tareas de comprobación, se ha realizado el siguiente Plan General de Control para el ejercicio 2019.

I.- OBJETO:

Es objeto del presente Plan, establecer el marco de los criterios generales que han de regir la planificación de las labo- res de control e inspección para el periodo determinado, concretado como plan de trabajo ordinario del Departamento de Control Interno de PROCESA, de conformidad con lo establecido en las Bases Reguladoras de aplicación publicadas en el BOCCE 5652 de 14 de febrero de 2017, que pretende realizar un control interno de prevención y detección de irregularidades desde dos ámbitos distintos:

1º.- Verificación Administrativa:

Tendrá por objeto el análisis exhaustivo de los procedimientos administrativos de los beneficiarios finales en la ejecu- ción de los proyectos, así como la verificación financiera, especialmente, los pagos realizados y cofinanciados con Fondos Es- tructurales al objeto de comprobar que los mismos se ajustan a la legalidad vigente, en relación a la subvencionalidad o elegibili- dad de los gastos, al mantenimiento de una pista de auditoría suficiente, ayudas estatales, políticas de protección del medio am- biente, de igualdad de oportunidades, información y publicidad.

2º.- Verificaciones sobre el terreno:

Todos los expedientes incluirán pruebas de cumplimiento del objeto y de la entrega de bienes, que se llevarán a cabo mediante visitas in situ a los beneficiarios finales de todo los proyectos cofinanciados.

Así mismo, se realiza la verificación técnica y física de todos los proyectos, quedando constancia en actas de visita y reportaje fotográfico.

Dichos controles se concretan en dos momentos diferentes durante el proceso de concesión de la ayuda:

Control interno previo a la Resolución de Concesión, mediante la comprobación administrativa de los expedientes de

ayudas gestionados por PROCESA.

Control interno previo al pago de la Ayuda, mediante la comprobación administrativa, financiera, técnica y física de los expedientes, para la verificación del cumplimiento de las obligaciones impuestas en la Resolución de Concesión, para todas las subvenciones antes de ser pagadas con cargo a los Programas FSE, FEDER y POEJ, para el periodo 2014-2020.

Todo ello con independencia de los controles externos paralelos que puedan llevarse a cabo por el Organismo Interme- dio, la Consejería de Economía, Hacienda Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta, la Autoridad de Gestión, la Autoridad de Auditoría o la Autoridad de Certificación.

II.- CONTROL INTERNO:

El procedimiento de control interno, es un procedimiento escrito, en el que ha de constar el desarrollo de las actuaciones de control realizadas mediante el correspondiente informe de control, que se emitirá con carácter provisional en el caso de que se detecten errores y se devolverá el expediente al departamento responsable para su subsanación o complementariedad de la in- formación, por un periodo máximo de 10 días, siendo de nuevo sometido al proceso de control para su informe definitivo. El resultado del control interno dará lugar o no, a la continuidad del proceso.

Durante el ejercicio 2019, se realizarán los siguientes controles:

A).- Como control interno previo a la Resolución de Concesión.

Tal como establece las Bases Reguladoras de aplicación, el área de instrucción dará traslado del expediente administra- tivo al área de control para la comprobación de lo establecido antes de proceder a emitir Resolución de Concesión de la ayuda. Para este trámite el área de control dispondrá de un plazo máximo de un mes desde la aceptación del solicitante para emitir In- forme de control para su concesión o proponer su denegación.

Por tanto, se realizarán las tareas de comprobación previas a la realización de la Resolución de Concesión de las sub- venciones cofinanciadas con Fondos EIE que se efectúen durante la anualidad 2019 para las diferentes convocatorias y para el

periodo de programación 2014-2020 para los Fondos FEDER, FSE Y POEJ, verificando el cumplimiento de todas las condicio- nes impuestas en las Bases Reguladoras de aplicación.

La Comprobación Administrativa se realizará sobre el 100% de las operaciones, emitiéndose Informe de Control. (Doc.

Informe AC- 1)

B).- Como control interno previo al pago de las subvenciones.

Según establece las Bases Reguladoras de aplicación, antes de elevar la propuesta de pago a la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Publica y Empleo, se ha establecido un proceso de control interno previo de todos los expedientes después de la justificación y antes de su pago. Para ello el área de control interno de Procesa cuenta con un plazo máximo de dos meses desde la finalización del proceso de justificación para emitir informe de control.

Se realizarán las tareas de comprobación previas al pago de las acciones y subvenciones, que se efectúen durante la anualidad 2019 para el periodo de programación 2014-2020 para los Fondos FEDER, FSE Y POEJ, verificando el cumplimiento de todas las obligaciones impuestas en las Bases Reguladoras de aplicación, así como la comprobación de la realización de las inversiones y otras acciones que se deriven de la concesión.

Asimismo, se realizará la comprobación física de todas las operaciones que se lleven a cabo, mediante la comprobación sobre el terreno de la realidad de la entrega de los bienes y servicios o acciones propuestas en la realización del proyecto sub- vencionado, de todo ello, se levantará acta de comprobación in situ y reportaje fotográfico. (Doc. Acta visita AC- 3)

Este control interno de verificación administrativa, financiera, técnica y física se realizará sobre todos los expedientes cuyos pagos se efectúen en la anualidad 2019, para los Fondos FEDER, FSE y POEJ, y se emitirá el correspondiente Informe de Control. (Doc. Informe AC- 2)

III.- AMBITO DE APLICACIÓN:

Las actuaciones del Departamento de Control se desarrollarán:

a).- En todo el término municipal

b).- A todos los beneficiarios, entidades colaboradoras y terceros relacionados con el objeto de la subvención. c).- Todas las subvenciones de forma previa a la concesión de la ayuda durante la anualidad 2019.

d).- Todas las subvenciones de forma previa al pago de la ayuda durante la anualidad 2019. e).- Cualquier otras actuaciones que pudieran ser encomendadas.

IV.- EQUIPO DE CONTROL

El Área de Control Interno cuenta con tres personas que se encargan de las distintas funciones de seguimiento y control, coordinadas entre sí, al objeto de dar mayor flexibilidad a los controles y establecer mecanismos dinámicos que mejoren el ser- vicio. Sin perjuicio de que en ocasiones se requiera asistencia o colaboración de otros departamentos

Así el equipo de control cuenta con una persona responsable del área de control Interno que coordina las funciones pro- pias del departamento y emite los informes de control, una persona que realiza las labores de comprobación administrativa de expedientes, y otra que realiza las visitas físicas a las beneficiarios finales realizando también el reportaje fotográfico.

V.- COORDINACIÓN, COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN SOCIAL

Para el buen desempeño de las actuaciones encomendadas al Departamento de Seguimiento y Control de PROCESA, será preciso la coordinación y colaboración mutua con:

Otros departamentos de la Sociedad

El resto de las Unidades, Departamentos o Servicios de las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Ceuta y de cualquiera de sus organismos públicos de ellas dependientes.

Otros Organismos Públicos, en virtud del Principio General de Colaboración Mutua en las relaciones entre las Adminis- traciones Públicas.

Entidades privadas o institucionales u organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales, empre- sariales o profesionales, en virtud del Principio de Colaboración Social en la aplicación de los tributos y ayudas públicas.

Ceuta a, 4 de marzo de 2019

El Subdirector General de PROCESA José Ramón Olmedo Izar de la Fuente