Legislación
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LEY 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la informacion, de participacion publica y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). - Boletín Oficial del Estado de 19-07-2006

Tiempo de lectura: 10 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Enero de 2008

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 171

F. Publicación: 19/07/2006


Preambulo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Derechos en materia de medio ambiente. Artículo 4. Colaboración interadministrativa.
TÍTULO II. Derecho de acceso a la información ambiental
CAPÍTULO I. Obligaciones de las autoridades públicas en materia de información ambiental
Artículo 5. Obligaciones generales en materia de información ambiental.
CAPÍTULO II. Difusión por las autoridades públicas de la información ambiental
Artículo 6. Obligaciones específicas en materia de difusión de información ambiental. Artículo 7. Contenido mínimo de la información objeto de difusión. Artículo 8. Informes sobre el estado del medio ambiente. Artículo 9. Amenaza inminente para la salud humana o el medio ambiente.
CAPÍTULO III. Acceso a la información ambiental previa solicitud
Artículo 10. Solicitudes de información ambiental. Artículo 11. Forma o formato de la información. Artículo 12. Método utilizado en la obtención de la información.
CAPÍTULO IV. Excepciones
Artículo 13. Excepciones a la obligación de facilitar la información ambiental. Artículo 14. Suministro parcial de la información.
CAPÍTULO V. Ingresos de derecho público y privado
Artículo 15. Ingresos de derecho público y privado.
TÍTULO III. Derecho de participación pública en asuntos de carácter medioambiental
Artículo 16. Participación del público en la elaboración de determinados planes, programas y disposiciones de carácter general relacionados con el medio ambiente. Artículo 17. Planes y programas relacionados con el medio ambiente. Artículo 18. Normas relacionadas con el medio ambiente. Artículo 19. Consejo Asesor de Medio Ambiente.
TÍTULO IV. Acceso a la justicia y a la tutela administrativa en asuntos medioambientales
Artículo 20. Recursos. Artículo 21. Reclamaciones y ejecución forzosa. Artículo 22. Acción popular en asuntos medioambientales. Artículo 23. Legitimación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Tasa por suministro de información ambiental para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. D.A. 2ª. Tasa por suministro de información ambiental para la Administración Local. D.A. 3ª. Precios privados. D.A. 4ª. Procedimiento aplicable a la Administración General del Estado. D.A. 5ª. Planes y programas relacionados con el medio ambiente de competencia de la Administración General del Estado. D.A. 6ª. Colaboración interadministrativa. D.A. 7ª. Convenio de colaboración para la constitución de puntos de información digitalizada. D.A. 8ª. Información sobre la aplicación de la Ley en materia de acceso a la información ambiental. D.A. 9ª. Registros telemáticos. D.A. 10ª. Reclamaciones administrativas planteadas ante la Administración General del Estado al amparo del artículo 21. D.A. 11ª. Plan de formación en el marco de la Administración General del Estado. D.A. 12ª. Difusión de información ambiental por operadores económicos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Difusión de la información ambiental disponible en soporte electrónico, en fecha previa a la entrada en vigor de la presente Ley.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental. D.F. 2ª. Modificación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, sobre Prevención y Control Integrados de la Contaminación. D.F. 3ª. Título Competencial. D.F. 4ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 5ª. Texto refundido de evaluación de impacto ambiental. D.F. 6ª. Desarrollo reglamentario del artículo 16 en el ámbito de la Administración General del Estado. D.F. 7ª. Autorización de desarrollo. D.F. 8ª. Entrada en vigor. ANEXO. Organizaciones no gubernamentales que integran el consejo asesor de medio ambiente