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ACUERDO GOV/78/2019, de 4 de junio, por el que se establecen la organización de la dirección y la gestión de la Red de Radiocomunicaciones de Emergencias y Seguridad de Cataluña (RESCAT)., - Diario Oficial de Cataluña, de 06-06-2019

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Ambito: Cataluña

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE INTERIOR

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 7891

F. Publicación: 06/06/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de Cataluña Número 7891 de 06/06/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

El Departamento de Interior, en cumplimiento de las competencias que ejerce en materia de seguridad y emergencias, tiene la responsabilidad en la gestión de la Red de Radiocomunicaciones de Emergencias y Seguridad de Cataluña (en adelante, red RESCAT).

Su implantación se inició en el año 2005, coincidiendo con el despliegue de la Policía de la Generalidad - Mossos d'Esquadra en la ciudad de Barcelona, y durante el año 2006 se incorporaron como usuarios la Guardia Urbana y el cuerpo de Bomberos de la ciudad de Barcelona. Desde entonces, la red RESCAT ha sustituido las redes de comunicaciones que utilizaban los cuerpos de seguridad y de emergencias de la Generalidad de Cataluña. Además, desde el año 2008, se ha producido la incorporación a la red RESCAT de la mayor parte de los cuerpos de policía local de Cataluña y también se han integrado los responsables locales en materia de protección civil y los vigilantes.

Así pues, la red RESCAT es actualmente una red sólida y en servicio en toda Cataluña, con un número creciente de usuarios, y con previsión de crecimiento en servicios de recursos tecnológicos y de aplicaciones, que se ha convertido en una red de misión crítica en Cataluña.

Para la correcta dirección de la red, por Acuerdo del Gobierno de 6 de junio de 2006, se aprobó la organización de la dirección y la gestión de la red RESCAT, creando el Consejo Rector como su máximo órgano de dirección y regulando la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona.

En fecha 6 de noviembre de 2007, se aprobó un nuevo Acuerdo del Gobierno para adecuarse a las nuevas denominaciones y ámbitos de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad, regulados por el Decreto 421/2006, de 28 de noviembre.

En fecha 25 de noviembre de 2008, se aprobó otro Acuerdo del Gobierno en el que se creó, añadida a los órganos anteriores, la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña, como órgano encargado de la supervisión y coordinación de la red.

Posteriormente a este último Acuerdo del Gobierno, se ha modificado la estructura del Departamento de Interior por el Decreto 320/2011, de 19 de abril, y también se han modificado las denominaciones y determinaciones de los ámbitos de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad por el Decreto 1/2018, de 19 de mayo. Estas dos regulaciones hacen necesaria una nueva adaptación de la composición de los órganos de dirección y gestión de la red RESCAT.

Estas modificaciones en relación con los acuerdos anteriores consisten en:

- El cambio de denominación del Departamento de Interior y los cambios en el resto de departamentos afectados por el Decreto 1/2018, de 19 de mayo.

- Añadir un nuevo representante del Departamento de Interior en el Consejo Rector de la red RESCAT, para incluir la representación de la Dirección General de Administración de Seguridad.

- Añadir un segundo representante del Departamento de Políticas Digitales y Administración Pública, para incluir una representación de la Secretaría de Telecomunicaciones, Ciberseguridad y Sociedad Digital.

- Adaptar la composición de la Comisión de Seguimiento de Cataluña al Decreto 320/2011, de 19 de abril, de estructuración del Departamento de Interior.

Asimismo, se establece en un solo acuerdo la organización de la dirección y gestión de la red RESCAT, y se dejan sin efecto los acuerdos anteriormente mencionados.

Por todo lo expuesto, a propuesta del consejero de Interior, el Gobierno

Acuerda:

-1 El Consejo Rector de la Red de Radiocomunicaciones de Emergencias y Seguridad de Cataluña (red RESCAT) es el máximo órgano de dirección de esta red, encargado de definir las líneas estratégicas en este ámbito y al que le corresponden las funciones siguientes:

a) Establecer las directrices por lo que respecta al alcance y organización del servicio y a los modelos de funcionamiento, gestión y suministro.

b) Aprobar los presupuestos de las inversiones y su localización.

c) Ejercer la representación ante las instituciones y entidades del ámbito de la seguridad y las emergencias.

d) Resolver las propuestas y conflictos que se planteen.

e) Aprobar la incorporación de nuevos colectivos de usuarios.

-2 El Consejo Rector de la red RESCAT está integrado por la persona titular del Departamento de Interior, que ejerce la presidencia, y por las personas vocales siguientes:

a) Seis personas designadas por el Departamento de Interior.

b) Una persona designada por el Ayuntamiento de Barcelona.

c) Dos personas en representación de la Administración local, una designada por la Federación de Municipios de Cataluña y la otra por la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas.

d) Una persona designada por el Departamento de la Presidencia, como departamento competente en materia de administración local.

e) Una persona designada por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación como departamento al que está adscrito el cuerpo de Agentes Rurales.

f) Una persona designada por el Departamento de Salud, como departamento competente en materia de transporte sanitario.

g) Dos personas designadas por el Departamento de Políticas Digitales y Administración Pública, como departamento competente en tecnologías de la información y la comunicación.

h) Una persona designada por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad, como departamento competente en materia de infraestructuras y movilidad.

i) La persona titular de la dirección de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT.

j) Además, la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT designará a una persona para ejercer las funciones de secretario/a del Consejo Rector. La persona designada deberá formar parte del personal de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT y se considerará miembro de este órgano, con voz pero sin voto.

-3 La Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña es el órgano encargado de la supervisión y coordinación de la red RESCAT en Cataluña, con las funciones siguientes:

a) Realizar el seguimiento del funcionamiento del servicio.

b) Llevar a cabo el análisis y la selección de las propuestas de mejora hechas por la persona titular de la dirección de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT y/o los miembros de la propia Comisión.

c) Elaborar las propuestas relativas a los precios u otros elementos del modelo económico de gestión, cambios en los procedimientos y mejoras de los servicios tecnológicos.

d) Tratar las propuestas y resolver los conflictos que se planteen.

e) Elevar a la valoración y aprobación del Consejo Rector lo que este órgano considere de suficiente relevancia.

-4 La Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña está integrada por la persona titular de la dirección de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT, que ejerce la presidencia, y por las personas vocales siguientes:

a) El/la jefe/a del Área de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Departamento de Interior.

b) El/la responsable de la unidad de red de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT.

c) El/la responsable de Innovación y Gestión de Flotas de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT.

d) El/la responsable de coordinación tecnológica de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT.

e) El/la subdirector/a general de Coordinación de la Policía de Cataluña del Departamento de Interior.

f) Una persona en representación de la Policía de la Generalidad - Mossos d'Esquadra.

g) Una persona en representación del cuerpo de Bomberos de la Generalidad de Cataluña.

h) Una persona en representación de la Dirección General de Protección Civil del Departamento de Interior.

i) Una persona en representación del Sistema de Emergencias Médicas (SEMSA).

j) Una persona en representación del cuerpo de Agentes Rurales de la Generalidad de Cataluña.

k) Dos personas designadas por el departamento competente en materia de telecomunicaciones y tecnologías de la información y ciberseguridad.

l) Una persona designada por el Departamento de Territorio y Sostenibilidad, competente en materia de infraestructuras y movilidad.

m) Una persona en representación del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencias 112 Cataluña.

n) Una persona designada por el Ayuntamiento de Barcelona.

o) Dos personas en representación de la Administración local, una designada por la Federación de Municipios de Cataluña y la otra por la Asociación Catalana de Municipios y Comarcas.

p) Una persona designada por el Departamento de la Presidencia, como departamento competente en materia de administración local.

q) Además, la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT designará a una persona para ejercer las funciones de secretario/a de la Comisión de Seguimiento. La persona designada deberá formar parte del personal de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT y se considerará miembro de este órgano, con voz pero sin voto.

-5 La Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona es el órgano encargado de la supervisión y coordinación de la gestión continuada de la red RESCAT en la ciudad de Barcelona, con las funciones siguientes:

a) Realizar el seguimiento del funcionamiento del servicio.

b) Llevar a cabo el análisis y la selección de las propuestas de mejora propuestas por la persona titular de la dirección de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT y/o los miembros de la propia Comisión.

c) Elaborar las propuestas relativas a los precios u otros elementos del modelo económico de gestión, cambios en los procedimientos y mejoras de los servicios tecnológicos.

d) Tratar las propuestas y resolver los conflictos que se planteen.

e) Elevar a la valoración y aprobación de la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña lo que este órgano considere de suficiente relevancia.

-6 La Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona está integrada por la persona titular de la dirección de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT, que ejerce la presidencia, y por las personas vocales siguientes:

a) Cuatro personas designadas por el Departamento de Interior.

b) Cuatro personas designadas por el Ayuntamiento de Barcelona.

c) Una persona designada por el Departamento de Políticas Digitales y Administraciones Públicas, como departamento competente en tecnologías de la información y comunicación.

d) Una persona en representación del Centro de Atención y Gestión de Llamadas de Urgencias 112 Cataluña.

e) Además, la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT designará a una persona para ejercer las funciones de secretario/a de la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona. La persona designada deberá formar parte del personal de la Oficina de Coordinación de la Red RESCAT y se considerará miembro de este órgano, con voz pero sin voto.

-7 El Consejo Rector de la red RESCAT, la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña y la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona se deben reunir, como mínimo, una vez al año.

-8 La participación en las reuniones de los órganos a los que hace referencia este Acuerdo no genera a sus miembros ningún derecho económico en concepto de dietas o indemnizaciones por derechos de asistencia a las sesiones.

-9 El Consejo Rector de la red RESCAT, la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña y la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Barcelona se rigen supletoriamente por la normativa aplicable a los órganos colegiados de la Administración de la Generalidad.

-10 Quedan sin efecto los acuerdos siguientes:

- Acuerdo del Gobierno de 6 de junio de 2006, sobre la organización de la dirección y la gestión de la red de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña (RESCAT).

- Acuerdo del Gobierno de 6 de noviembre de 2007, por el que se modifica la organización de la dirección y la gestión de la red de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña (RESCAT).

- Acuerdo del Gobierno de 25 de noviembre de 2008, por el que se modifica la organización de la dirección y la gestión de la red de radiocomunicaciones de emergencias y seguridad de Cataluña (RESCAT), mediante la creación de la Comisión de Seguimiento de la red RESCAT en Cataluña.

-11 Disponer la publicación de este Acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Barcelona, 4 de junio de 2019

Víctor Cullell i Comellas

Secretario del Gobierno