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Ley 28/2011, de 22 de septiembre, por la que se procede a la integración del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social en el Régimen General de la Seguridad Social. - Boletín Oficial del Estado de 23-09-2011

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2016

F. entrada en vigor: 01/01/2012

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 229

F. Publicación: 23/09/2011


Preambulo PREÁMBULO Artículo 1. Integración en el Régimen General de la Seguridad Social del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. Artículo 2. Creación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. Artículo 3. Particularidades en el encuadramiento de los trabajadores por cuenta ajena agrarios. Artículo 4. Particularidades en la cotización de los trabajadores por cuenta ajena agrarios. Artículo 5. Responsabilidad en el ingreso de las cotizaciones correspondientes a los trabajadores por cuenta ajena agrarios. Artículo 6. Particularidades de la acción protectora de los trabajadores por cuenta ajena agrarios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Condiciones de inclusión de los trabajadores procedentes del Régimen Especial Agrario en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. D.A. 2ª. Aplicación paulatina de las bases y tipos de cotización y de reducciones en ésta. D.A. 3ª. Condiciones de la protección por desempleo de los trabajadores comprendidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. D.A. 4ª. Cotización de los trabajadores agrarios con contrato de trabajo a tiempo parcial. D.A. 5ª. Actualización del tipo de cotización por Formación Profesional. D.A. 6ª. Actualización de reducciones. D.A. 7ª. Compatibilización de las labores agrarias que tengan carácter esporádico y ocasional con la pensión de jubilación del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Alcance de las cotizaciones realizadas al extinguido Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Disposiciones que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Disposiciones de aplicación y desarrollo. D.F. 4ª. Habilitación al Gobierno en materia de protección por desempleo. D.F. 5ª. Incorporación al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios de determinados trabajos agrarios por cuenta ajena. D.F. 6ª. Entrada en vigor.