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Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. - Boletín Oficial del Estado de 13-04-2013

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 03 de Junio de 2021 por Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento basico para la certificacion de la eficiencia energetica de los edificios.

F. entrada en vigor: 14/04/2013

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 89

F. Publicación: 13/04/2013


Artículo único. Aprobación del Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Certificaciones de edificios pertenecientes y ocupados por las Administraciones Públicas. D.A. 2ª. Edificios de consumo de energía casi nulo. D.A. 3ª. Comisión asesora para la certificación energética de edificios. D.A. 4ª. Otros técnicos habilitados.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adaptación al procedimiento. D.T. 2ª. Obtención del certificado y obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios de pública concurrencia. D.T. 3ª. Registro de los certificados de eficiencia energética.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 2ª. Titulo competencial. D.F. 3ª. Desarrollo y aplicación. D.F. 4ª. Entrada en vigor.
PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LOS EDIFICIOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto, finalidad y definiciones. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Documentos reconocidos.
CAPÍTULO II. Condiciones técnicas y administrativas
Artículo 4. Calificación de la eficiencia energética de un edificio. Artículo 5. Certificación de la eficiencia energética de un edificio. Artículo 6. Contenido del certificado de eficiencia energética. Artículo 7. Certificación de la eficiencia energética de un edificio de nueva construcción. Artículo 8. Certificación de eficiencia energética de un edificio existente. Artículo 9. Control de los certificados de eficiencia energética. Artículo 10. Inspección. Artículo 11. Validez, renovación y actualización del certificado de eficiencia energética.
CAPÍTULO III. Etiqueta de eficiencia energética
Artículo 12. Etiqueta de eficiencia energética. Artículo 13. Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios. Artículo 14. Información sobre el certificado de eficiencia energética.
CAPÍTULO IV. Comisión asesora para la certificación de eficiencia energética de edificios
Artículo 15. Objeto y funciones. Artículo 16. Composición Artículo 17. Organización.
CAPÍTULO V. Régimen sancionador
Artículo 18. Infracciones y sanciones.