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Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. - Boletín Oficial del Estado de 31-10-2015

Tiempo de lectura: 19 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 26 de Mayo de 2023

F. entrada en vigor: 31/10/2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE FOMENTO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 261

F. Publicación: 31/10/2015

Tiempo de lectura: 19 min


Preambulo Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Remisiones normativas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE SUELO Y REHABILITACIÓN URBANA
TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto de esta ley. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Principio de desarrollo territorial y urbano sostenible. Artículo 4. Ordenación del territorio y ordenación urbanística.
TÍTULO I. Condiciones básicas de la igualdad en los derechos y deberes constitucionales de los ciudadanos
CAPÍTULO I. Estatuto básico del ciudadano
Artículo 5. Derechos del ciudadano. Artículo 6. Deberes del ciudadano.
CAPÍTULO II. Estatuto básico de la iniciativa y la participación en la actividad urbanística
Artículo 7. Actuaciones de transformación urbanística y actuaciones edificatorias Artículo 8. Iniciativa pública y privada en las actuaciones de transformación urbanística y en las edificatorias. Artículo 9. Participación pública y privada en las actuaciones de transformación urbanística y en las edificatorias. Artículo 10. Asociaciones administrativas.
CAPÍTULO III. Estatuto jurídico de la propiedad del suelo
Artículo 11. Régimen urbanístico del derecho de propiedad del suelo. Artículo 12. Contenido del derecho de propiedad del suelo: facultades. Artículo 13. Contenido del derecho de propiedad del suelo en situación rural: facultades. Artículo 14. Contenido del derecho de propiedad del suelo en situación de urbanizado: facultades. Artículo 15. Contenido del derecho de propiedad del suelo: deberes y cargas. Artículo 16. Contenido del derecho de propiedad del suelo en situación rural o vacante de edificación: deberes y cargas. Artículo 17. Contenido del derecho de propiedad del suelo en situación de urbanizado: deberes y cargas.
CAPÍTULO IV. Estatuto básico de la promoción de las actuaciones urbanísticas
Artículo 18. Deberes vinculados a la promoción de las actuaciones de transformación urbanística y a las actuaciones edificatorias. Artículo 19. Los derechos de realojamiento y de retorno.
TÍTULO II. Bases del régimen del suelo, reglas procedimentales comunes y normas civiles
CAPÍTULO I. Bases del régimen del suelo
Artículo 20. Criterios básicos de utilización del suelo. Artículo 21. Situaciones básicas del suelo. Artículo 22. Evaluación y seguimiento de la sostenibilidad del desarrollo urbano, y garantía de la viabilidad técnica y económica de las actuaciones sobre el medio urbano.
CAPÍTULO II. Reglas procedimentales comunes y normas civiles
Artículo 23. Operaciones de distribución de beneficios y cargas. Artículo 24. Reglas específicas de las actuaciones sobre el medio urbano. Artículo 25. Publicidad y eficacia en la gestión pública urbanística. Artículo 26. Formación de fincas y parcelas, relación entre ellas y complejos inmobiliarios. Artículo 27. Transmisión de fincas y deberes urbanísticos. Artículo 28. Declaración de obra nueva.
TÍTULO III. El Informe de Evaluación de los Edificios
Artículo 29. El Informe de Evaluación de los Edificios. Artículo 30. Capacitación para suscribir el Informe de Evaluación de los Edificios.
TÍTULO IV. Cooperación y Colaboración Interadministrativas
Artículo 31. Cooperación interadministrativa. Artículo 32. Organización de la cooperación. Artículo 33. Convenios para la financiación de las actuaciones.
TÍTULO V. Valoraciones
Artículo 34. Ámbito del régimen de valoraciones. Artículo 35. Criterios generales para la valoración de inmuebles. Artículo 36. Valoración en el suelo rural. Artículo 37. Valoración en el suelo urbanizado. Artículo 38. Indemnización de la facultad de participar en actuaciones de nueva urbanización. Artículo 39. Indemnización de la iniciativa y la promoción de actuaciones de urbanización o de edificación. Artículo 40. Valoración del suelo en régimen de equidistribución de beneficios y cargas. Artículo 41. Régimen de la valoración.
TÍTULO VI. Expropiación forzosa y responsabilidad patrimonial
Artículo 42. Régimen de las expropiaciones por razón de la ordenación territorial y urbanística. Artículo 43. Justiprecio. Artículo 44. Ocupación e inscripción en el Registro de la Propiedad. Artículo 45. Adquisición libre de cargas. Artículo 46. Modalidades de gestión de la expropiación. Artículo 47. Supuestos de reversión y de retasación. Artículo 48. Supuestos indemnizatorios.
TÍTULO VII. Función social de la propiedad y gestión del suelo
CAPÍTULO I. Venta y sustitución forzosas
Artículo 49. Procedencia y alcance de la venta o sustitución forzosas. Artículo 50. Régimen de la venta o sustitución forzosas.
CAPÍTULO II. Patrimonios públicos de suelo
Artículo 51. Noción y finalidad. Artículo 52. Destino.
CAPÍTULO III. Derecho de superficie
Artículo 53. Contenido, constitución y régimen. Artículo 54. Transmisión, gravamen y extinción.
TÍTULO VIII. Régimen jurídico
CAPÍTULO I. Actuaciones ilegales y con el Ministerio Fiscal
Artículo 55. Actos nulos de pleno derecho. Artículo 56. Infracciones constitutivas de delito.
CAPÍTULO II. Peticiones, actos y acuerdos
Artículo 57. Peticiones. Artículo 58. Administración demandada en subrogación. Artículo 59. Ejecución forzosa y vía de apremio. Artículo 60. Revisión de oficio.
CAPÍTULO III. Acciones y recursos
Artículo 61. Carácter de los actos y convenios regulados en la legislación urbanística. Artículo 62. Acción pública. Artículo 63. Acción ante Tribunales ordinarios. Artículo 64. Recurso contencioso-administrativo.
CAPÍTULO IV. Registro de la Propiedad
Artículo 65. Actos inscribibles. Artículo 66. Certificación administrativa. Artículo 67. Clases de asientos. Artículo 68. Expedientes de distribución de beneficios y cargas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Sistema de información urbana y demás información al servicio de las políticas públicas para un medio urbano sostenible. D.A. 2ª. Bienes afectados a la Defensa Nacional, al Ministerio de Defensa o al uso de las fuerzas armadas. D.A. 3ª. Potestades de ordenación urbanística en Ceuta y Melilla. D.A. 4ª. Gestión de suelos del patrimonio del Estado. D.A. 5ª. Modificación del artículo 43 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954. D.A. 6ª. Suelos forestales incendiados. D.A. 7ª. Reglas para la capitalización de rentas en suelo rural. D.A. 8ª. Participación del Estado en la ordenación territorial y urbanística. D.A. 9ª. Modificación de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. D.A. 10ª. Actos promovidos por la Administración General del Estado. D.A. 11ª. Catastro inmobiliario. D.A. 12ª. Infracciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios. D.A. 13ª. Sanciones en materia de certificación energética de edificios y graduación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicación de la reserva de suelo para vivienda protegida y regla temporal excepcional. D.T. 2ª. Calendario para la realización del Informe de Evaluación de los Edificios. D.T. 3ª. Valoraciones. D.T. 4ª. Criterios mínimos de sostenibilidad.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Cualificaciones requeridas para suscribir los Informes de Evaluación de Edificios. D.F. 2ª. Título competencial y ámbito de aplicación. D.F. 3ª. Desarrollo.