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Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas. - Boletín Oficial del Estado de 17-07-1999

Tiempo de lectura: 28 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 17/07/1999

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 170

F. Publicación: 17/07/1999

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO I. De la sociedad cooperativa
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Concepto y denominación. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Domicilio. Artículo 4. Operaciones con terceros. Artículo 5. Secciones. Artículo 6. Clases de cooperativas.
CAPÍTULO II. De la constitución de la sociedad cooperativa
Artículo 7. Constitución e inscripción. Artículo 8. Número mínimo de socios. Artículo 9. Sociedad cooperativa en constitución. Artículo 10. Escritura de constitución. Artículo 11. Contenido de los Estatutos.
CAPÍTULO III. De los socios
Artículo 12. Personas que pueden ser socios. Artículo 13. Admisión de nuevos socios. Artículo 14. Socios colaboradores. Artículo 15. Obligaciones y responsabilidad de los socios. Artículo 16. Derechos de los socios. Artículo 17. Baja del socio. Artículo 18. Normas de disciplina social.
CAPÍTULO IV. De los órganos de la sociedad cooperativa
SECCIÓN 1.ª DE LOS ÓRGANOS SOCIALES
Artículo 19. Órganos de la sociedad.
SECCIÓN 2.ª DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 20. Concepto. Artículo 21. Competencia. Artículo 22. Clases y formas de Asamblea General. Artículo 23. Convocatoria. Artículo 24. Forma y contenido de la convocatoria. Artículo 25. Constitución de la Asamblea. Artículo 26. Derecho de voto. Artículo 27. Voto por representante. Artículo 28. Adopción de acuerdos. Artículo 29. Acta de la Asamblea. Artículo 30. Asamblea General de Delegados. Artículo 31. Impugnación de acuerdos de la Asamblea General.
SECCIÓN 3.ª DEL CONSEJO RECTOR
Artículo 32. Naturaleza, competencia y representación. Artículo 33. Composición. Artículo 34. Elección. Artículo 35. Duración, cese y vacantes. Artículo 36. Funcionamiento. Artículo 37. Impugnación de los acuerdos del Consejo Rector.
SECCIÓN 4.ª DE LA INTERVENCIÓN
Artículo 38. Funciones y nombramiento. Artículo 39. Informe de las cuentas anuales.
SECCIÓN 5.ª DISPOSICIONES COMUNES AL CONSEJO RECTOR E INTERVENCIÓN
Artículo 40. Retribución. Artículo 41. Incompatibilidades, incapacidades y prohibiciones. Artículo 42. Conflicto de intereses con la cooperativa. Artículo 43. Responsabilidad.
SECCIÓN 6.ª DEL COMITÉ DE RECURSOS
Artículo 44. Funciones y competencias.
CAPÍTULO V. Del régimen económico
SECCIÓN 1.ª DE LAS APORTACIONES SOCIALES
Artículo 45. Capital social. Artículo 46. Aportaciones obligatorias. Artículo 47. Aportaciones voluntarias. Artículo 48. Remuneración de las aportaciones. Artículo 49. Actualización de las aportaciones. Artículo 50. Transmisión de las aportaciones. Artículo 51. Reembolso de las aportaciones. Artículo 52. Aportaciones que no forman parte del capital social. Artículo 53. Participaciones especiales. Artículo 54. Otras financiaciones.
SECCIÓN 2.ª FONDOS SOCIALES OBLIGATORIOS
Artículo 55. Fondo de reserva obligatorio. Artículo 56. Fondo de educación y promoción.
SECCIÓN 3.ª EJERCICIO ECONÓMICO
Artículo 57. Ejercicio económico y determinación de resultados. Artículo 58. Aplicación de los excedentes. Artículo 59. Imputación de pérdidas.
CAPÍTULO VI. De la documentación social y contabilidad
Artículo 60. Documentación social. Artículo 61. Contabilidad y cuentas anuales. Artículo 62. Auditoría de cuentas.
CAPÍTULO VII. De la fusión, escisión y transformación
SECCIÓN 1.ª DE LA FUSIÓN
Artículo 63. Fusión. Artículo 64. Acuerdo de fusión. Artículo 65. Derecho de separación del socio. Artículo 66. Derecho de oposición de los acreedores. Artículo 67. Fusión especial.
SECCIÓN 2.ª DE LA ESCISIÓN
Artículo 68. Escisión.
SECCIÓN 3.ª DE LA TRANSFORMACIÓN
Artículo 69. Transformación.
CAPÍTULO VIII. De la disolución y liquidación
SECCIÓN 1.ª DE LA DISOLUCIÓN
Artículo 70. Disolución.
SECCIÓN 2.ª DE LA LIQUIDACIÓN
Artículo 71. Liquidación. Artículo 72. Intervención de la liquidación. Artículo 73. Funciones de los liquidadores. Artículo 74. Balance final. Artículo 75. Adjudicación del haber social. Artículo 76. Extinción.
CAPÍTULO IX. De las cooperativas de segundo grado, grupo cooperativo y otras formas de colaboración económica
Artículo 77. Cooperativas de segundo grado. Artículo 78. Grupo cooperativo. Artículo 79. Otras formas de colaboración económica.
CAPÍTULO X. De las clases de cooperativas
SECCIÓN 1.ª DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Artículo 80. Objeto y normas generales. Artículo 81. Socios en situación de prueba. Artículo 82. Régimen disciplinario. Artículo 83. Jornada, descanso semanal, fiestas, vacaciones y permisos. Artículo 84. Suspensión y excedencias. Artículo 85. Baja obligatoria por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Artículo 86. Sucesión de empresas, contratas y concesiones. Artículo 87. Cuestiones contenciosas.
SECCIÓN 2.ª DE LAS COOPERATIVAS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS
Artículo 88. Objeto y ámbito.
SECCIÓN 3.ª DE LAS COOPERATIVAS DE VIVIENDAS
Artículo 89. Objeto y ámbito. Artículo 90. Construcciones por fases o promociones. Artículo 91. Auditoría de cuentas en las cooperativas de viviendas. Artículo 92. Transmisión de derechos.
SECCIÓN 4.ª DE LAS COOPERATIVAS AGRARIAS
Artículo 93. Objeto y ámbito.
SECCIÓN 5.ª DE LAS COOPERATIVAS DE EXPLOTACIÓN COMUNITARIA DE LA TIERRA
Artículo 94. Objeto y ámbito. Artículo 95. Régimen de los socios. Artículo 96. Cesión del uso y aprovechamiento de bienes. Artículo 97. Régimen económico.
SECCIÓN 6.ª DE LAS COOPERATIVAS DE SERVICIOS
Artículo 98. Objeto.
SECCIÓN 7.ª DE LAS COOPERATIVAS DEL MAR
Artículo 99. Objeto y ámbito.
SECCIÓN 8.ª DE LAS COOPERATIVAS DE TRANSPORTISTAS
Artículo 100. Objeto y ámbito.
SECCIÓN 9.ª DE LAS COOPERATIVAS DE SEGUROS
Artículo 101. Normativa aplicable.
SECCIÓN 10.ª DE LAS COOPERATIVAS SANITARIAS
Artículo 102. Objeto y normas aplicables.
SECCIÓN 11.ª DE LAS COOPERATIVAS DE ENSEÑANZA
Artículo 103. Objeto y normas aplicables.
SECCIÓN 12.ª DE LAS COOPERATIVAS DE CRÉDITO
Artículo 104. Normativa aplicable.
CAPÍTULO XI. De las cooperativas integrales, de las de iniciativa social y de las mixtas
SECCIÓN 1.ª DE LAS COOPERATIVAS INTEGRALES
Artículo 105. Objeto y normas aplicables.
SECCIÓN 2.ª DE LAS COOPERATIVAS DE INICIATIVA SOCIAL
Artículo 106. Objeto y normas aplicables.
SECCIÓN 3.ª DE LAS COOPERATIVAS MIXTAS
Artículo 107. Objeto y normas aplicables.
TÍTULO II. De la acción de la Administración General del Estado
Artículo 108. Fomento del cooperativismo. Artículo 109. Registro de Sociedades Cooperativas. Artículo 110. Organización y procedimiento registral. Artículo 111. Eficacia. Artículo 112. Normas supletorias. Artículo 113. Inspección. Artículo 114. Infracciones. Prescripción. Artículo 115. Sanciones y procedimiento. Artículo 116. Descalificación de las cooperativas.
TÍTULO III. Del asociacionismo cooperativo
Artículo 117. Principio general. Artículo 118. Uniones de cooperativas. Artículo 119. Federaciones y confederaciones de cooperativas. Artículo 120. Normas comunes a las uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Calificación como entidades sin ánimo de lucro. D.A. 2ª. Creación del Consejo para el Fomento de la Economía Social. D.A. 3ª. Derechos de los acreedores personales de los socios. D.A. 4ª. Suspensión de pagos y quiebras. D.A. 5ª. Normas especiales. D.A. 6ª. Contabilización separada. D.A. 7ª. Régimen de las sociedades mixtas. D.A. 8ª. Cooperativas integrales. D.A. 9ª. Sociedades cooperativas calificadas como entidades sin ánimo de lucro. D.A. 10ª. Arbitraje. D.A. 11ª. Programas anuales para el impulso, promoción y fomento del cooperativismo. D.A. 12ª. Medidas de fomento para la creación de empleo. D.A. 13ª. Regímenes forales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Aplicación temporal de la Ley. D.T. 2ª. Adaptación de las sociedades cooperativas a las previsiones de la Ley. D.T. 3ª. Consolidación de denominaciones. D.T. 4ª. Adaptación de la remuneración de las aportaciones voluntarias.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. 1ª. Derogación de la Ley de 2 de abril de 1987. D.DT. 2ª. Supresión de las cooperativas de integración. D.DT. 3ª. Supresión del Consejo de Fomento de la Economía Social.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Registro de Sociedades Cooperativas. D.F. 2ª. Creación de nuevas clases de cooperativas. D.F. 3ª. Legalización de libros y depósito de cuentas. D.F. 4ª. Cuentas consolidadas del grupo cooperativo. D.F. 5ª. Normas para la aplicación y desarrollo de la Ley. D.F. 6ª. Aplicación a las cooperativas de las disposiciones de Seguridad Social para la contratación a tiempo parcial.