Primero.Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública
Primero. Retribuciones.
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El Gobierno de España se compromete con las organizaciones sindicales firmantes a alcanzar una mejora en las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones públicas y de su sector público institucional con un horizonte temporal hasta 2028, que se articulará a través de incrementos fijos a lo largo de los ejercicios de referencia: 2,5 % en 2025, 2 % en 2026, 4,5 % en 2027 y 2 % en 2028.
El Gobierno de España se compromete promover las normas para poder hacer efectivo en diciembre de 2025 el abono del incremento correspondiente a 2025 de 2,5 puntos porcentuales sobre las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2024, incluido el incremento retributivo adicional y consolidable del 0,5 %, con carácter consolidable y efectos de 1 de enero de 2025.
En 2026 el incremento salarial será del 2 % sobre la base de las retribuciones incrementadas en 2025. Este incremento, de carácter consolidable, se abonará en dos momentos: el 1,5 % fijo se abonará en el año 2026, y el 0,5 % restante se abonará en el primer trimestre de 2027, si la variación interanual del IPC de 2026 es igual o superior al 1,5 %.
Para el año 2027, el incremento salarial fijo será del 4,5 % sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en 2026. Este incremento, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2027 y se abonará en 2027.
Para el año 2028, el incremento salarial fijo será del 2 % sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en 2027. Este incremento, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2028 y se abonará en 2028.
Los incrementos establecidos no podrán, en ningún caso, ser compensados ni absorbidos.
