Undécimo.Resolución de 22 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Función Pública
Undécimo. Comisión de seguimiento.
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Se crea una comisión de seguimiento, con representación paritaria de la Administración y del conjunto de las organizaciones sindicales firmantes, para el análisis y el desarrollo de las medidas previstas en el presente acuerdo marco, que se constituirá en el plazo máximo de quince días desde la firma del presente acuerdo, para acordar un calendario de ejecución de las medidas contenidas en el mismo.
A tal fin, y para reforzar el adecuado desarrollo del Acuerdo, se articularán las medidas necesarias para que, desde la Administración General del Estado, se proporcionen a las organizaciones sindicales los recursos para el funcionamiento de esta comisión.
Asimismo, las partes acuerdan que en el seno de la comisión de seguimiento se activarán cuatro grupos de trabajo por razón de la materia, cuya composición y plan de trabajo serán acordados en el seno de la Comisión de seguimiento. Dichos Grupos de Trabajo serán los de igualdad, digitalización e inteligencia artificial, salud laboral y empleo público, todo ello sin perjuicio de la posibilidad de creación de nuevos grupos que se estimen convenientes.
