Artículo 12 se establece ... Interior)

Artículo 12 se establece un marco de medidas relativas a una emergencia del mercado interior y a la resiliencia de dicho mercado (Reglamento de Emergencia y Resiliencia del Mercado Interior)

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Artículo 12. Pruebas de resistencia

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1. La Comisión, teniendo en cuenta el dictamen del Consejo de Emergencia y Resiliencia, llevará a cabo y coordinará pruebas de resistencia, incluidas simulaciones destinadas a anticipar una crisis en el mercado interior y prepararse para esta.

2. En particular, la Comisión:

a) elaborará escenarios y parámetros en un sector específico que reflejen los riesgos particulares asociados a una crisis, con el fin de evaluar la repercusión potencial en la libre circulación de mercancías, servicios y personas de ese sector;

b) facilitará y fomentará la formulación de estrategias en materia de preparación para emergencias;

c) identificará, en colaboración con todos los agentes interesados, las medidas de mitigación del riesgo pertinentes una vez completadas las pruebas de resistencia.

3. A fin de determinar el sector específico a que se refiere el apartado 2, letra a), la Comisión, en cooperación con el Consejo de Emergencia y Resiliencia, hará uso de todas las herramientas existentes a su disposición, incluidos los ejercicios de cartografía.

4. La Comisión llevará a cabo con regularidad y al menos una vez cada dos años pruebas de resistencia a escala de la Unión. A tal efecto, la Comisión invitará al personal de las oficinas centrales de enlace de todos los Estados miembros a participar en simulaciones. La Comisión también podrá invitar a participar con carácter voluntario a otros agentes pertinentes que intervengan en las tareas de prevención, preparación y respuesta frente a emergencias del mercado interior.

5. Con motivo de una solicitud de dos o más Estados miembros, la Comisión podrá realizar pruebas de resistencia en zonas geográficas o regiones fronterizas específicas de dichos Estados miembros.

6. La Comisión comunicará al Consejo de Emergencia y Resiliencia los resultados de las pruebas de resistencia llevadas a cabo de conformidad con el presente artículo y publicará un informe al respecto.