Articulo 13 Texto Revisad...Elevadores

Articulo 13 Texto Revisado del Reglamento de Aparatos Elevadores

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Artículo 13.

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Los aparatos elevadores de adherencia deben cumplir las siguientes condiciones:

a). Cuando el camarín o el contrapeso se encuentren sobre sus topes o amortiguadores totalmente comprimidos, el recorrido aún posible en sentido ascendente del contrapeso o del camarín ha de ser por lo menos igual a 0,035 V (expresando la velocidad en metros por segundo), y, como mínimo, 0,20 metros.

b). Cuando el contrapeso se encuentre sobre sus topes o amortiguadores totalmente comprimidos, la distancia mínima entre el techo del camarín y la parte saliente más baja del recinto en su zona superior debe ser superior a 1 metros más 0,035 V2 (expresando la velocidad en metros por segundo).